Salud

"Las personas no aseguradas también serán vacunadas contra el COVID-19": Minsalud

Ya está listo el decreto que respalda el plan de vacunación.

El ministro de Salud dio a conocer el decreto que respalda el plan de vacunación en Colombia. Foto: Colprensa

El ministro de Salud dio a conocer el decreto que respalda el plan de vacunación en Colombia. Foto: Colprensa(Thot)

El ministro de salud, Fernando Ruiz, dio a conocer los detalles del decreto que va a definir el marco jurídico del plan vacunación contra el COVID-19 en Colombia. Dentro de este documento se garantiza que la vacuna se aplicará a todas las personas del territorio nacional, incluso para la población que no está afiliada en el sistema de seguridad social.

Consideraciones del decreto:

1. El tipo de vinculación laboral no va a ser un obstáculo para la vacunación.

2. Si una persona es mayor de 60 años, pero también trabaja en una funeraria, va a primar su edad para ser vacunado en las primeras fases.

3. Todos los procesos de vacunación podrán ser actualizados en la medida en que salgan nuevas evidencias científicas

4. El Ministerio de Salud será la única entidad que podrá importar las vacunas, pero se deja abierta la puerta para que en un futuro se importe y comercialice a través de otras entidades.

5. El ministro reiteró que "las vacunas se aplicaran de manera gratuita y no podrán ser comercializadas por las entidades que las reciban, estas deberán entregarlas a los ciudadanos de manera voluntaria.”

El decreto establece 5 etapas de vacunación: 

1. Mayores de 80 años y a los profesionales en salud que están en la primera línea.

2. Población entre los 60 y 79 años. Estudiantes de ciencias de la salud, médicos tradicionales, indígenas y gestores comunitarios.

3. Población que tenga entre 16 y 59 años con enfermedades crónicas. Los agentes educativos comunitarios, docentes, Policía Nacional y Militares.

4. Los cuidadores institucionales de niños y adolescentes y de adultos mayores. La población privada de la libertad, socorridas, bomberos, talento humano de funerarios, operadores de vuelo auxiliares y pilotos. Los guardias del INPEC y los habitantes de calle.

5. Personas mayores de 16 años sin comorbilidades.

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