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Procuraduría archivó investigación del caso Coliseo ‘Happy’ Lora de Montería

El proceso de habría originado por supuestas irregularidades en la remodelación del escenario deportivo y vinculaba a los exalcaldes Carlos Eduardo Correa y Marcos Daniel Pineda.

Procuraduría archivó investigación del caso Coliseo Miguel ‘Happy’ Lora de Montería. Foto: cortesía.

Procuraduría archivó investigación del caso Coliseo Miguel ‘Happy’ Lora de Montería. Foto: cortesía.(Thot)

La W Radio conoció un documento de 20 páginas de la Procuraduría General de la Nación en el que se establecen los motivos que conllevaron al archivo de la investigación en contra de los exalcaldes de Montería, Marcos Daniel Pineda y Carlos Eduardo Correa, este último actual ministro de Ambiente. Dicha investigación se habría dado por presuntas irregularidades en la remodelación del emblemático Coliseo Miguel ‘Happy’ Lora de Montería.

De acuerdo con el ente de control, el plazo de la mencionada investigación disciplinaria se encontraría vencido y no estaría demostrada la existencia de sobrecosto alguno atribuible a los exmandatarios.

“Al analizar el caso concreto, esta autoridad observa que en el trámite procesal no obran los medios de análisis necesarios para dilucidar la existencia plena y contundente de sobrecostos. Además, de adolecer de los elementos exigidos para colegir la presencia de un mayor valor injustificado. Debe recordarse que se debe tratar no de cualquier daño, sino de uno cierto, presente, cuantificado y probado”, se señala en el documento firmado por la procuradora Margarita Cabello.

Por otra parte, se precisa que “para la formulación de un pliego de cargos se requiere que la falta esté objetivamente demostrada y que exista prueba que pueda comprometer la responsabilidad del disciplinado. Es decir, se debe tener total y absoluta certeza respecto de la existencia del hecho constitutivo de falta disciplinaria. Si la situación fáctica da lugar a las probabilidades, la ocurrencia del supuesto no es cierta ni clara, volviéndose ilusoria la objetividad de aquel”, se indica en el documento.

Entonces, es evidente la incertidumbre fáctica del sobrecosto, por la ausencia de elementos de demostración”, agrega el ente de control disciplinario.

Así las cosas, se determinó lo siguiente:

Cortesía.

Pese a esta decisión que se suma a la de la Contraloría General de la República, en el sentido de que no hubo detrimento, el proceso penal en contra de los antes referenciados y seis personas más, sigue vivo, pues la Fiscalía General de la Nación los acusó de ser presuntos responsables de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, interés indebido en la celebración de contratos, peculado por apropiación en favor de terceros, prevaricato por omisión y falsedad ideológica en documento público.

 

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