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No cumplir con demolición del edificio Aquarela es un delito: Agencia Jurídica del Estado

A través de un concepto jurídico, la defensa del Estado pide también al alcalde Dau demoler de inmediato el inmueble.

Un concepto de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado pide “ejecutar la orden de demolición del edificio Aquarela de manera inmediata”. Foto: Cortesía

La W conoció en primicia un concepto de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, entregado el pasado 29 de septiembre al alcalde de Cartagena, William Dau, en el que pide “proceder a ejecutar la orden de demolición del edificio Aquarela de manera inmediata, pues el incumplimiento de esta orden configura el delito de fraude a resolución judicial o administrativa”.

De acuerdo con el concepto, “esa orden debe ejecutarse por el Distrito (…) y el costo de la demolición deberá ser cobrado al infractor, como lo establece la ley”.

Así mismo, la Agencia alerta que “de los documentos revisados, se puede afirmar que el proyecto inmobiliario Aquarela presenta problemas de distinta naturaleza: unos relativos a la estructuración del proyecto, otros a la fase de licenciamiento y, finalmente otros de carácter constructivo, que deben ser analizados en las distintas instancias judiciales y administrativas, para evitar que se agraven los perjuicios que actualmente se están produciendo y se configuren daños”.

El concepto recomienda “la posibilidad de iniciar una acción de reparación directa contra el promotor inmobiliario, con el fin de obtener reparación por los perjuicios que se pudieren generar al Distrito por la demora en la ejecución de la orden de demolición”.

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LA DEMOLICIÓN

La Agencia hace énfasis en que existen dos órdenes de recuperación del espacio público, las cuales debieron haberse cumplido hace 18 meses. Por esta razón, la orden de demolición sigue vigente. Además, agrega que la edificación completa debe ser demolida y no parcialmente, como lo solicitó el promotor inmobiliario a través de la modificación de la licencia de construcción.

 

EJECUCIÓN DE LA DEMOLICIÓN

Deberá ser ejecutada por la Alcaldía de Cartagena, tras escoger mediante proceso de selección a un contratista idóneo que deberá, por su parte, realizar los estudios previos para ejecutar la orden de demolición. Además, se deberá garantizar que el dueño de la obra remueva en un plazo de 20 días los materiales que puedan sustraerse.

 

POSIBLES DEMANDAS

Para la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, las demandas en contra del proyecto inmobiliario parecen tener alta probabilidad de éxito, toda vez que se han evidenciado problemas relativos a la estructuración técnica del proyecto, la validez de las licencias de construcción y su ejecución.

“En otras palabras, la demolición de la edificación que actualmente existe es consecuencia exclusiva de una conducta atribuible al promotor inmobiliario, que, en la ejecución de su licencia, ocupó indebidamente una porción de espacio público cuya recuperación se hace imperativa a través de la medida correctiva de demolición”, establece el documento.

 

SOBRE LA UNESCO

Precisa el concepto que es pertinente resaltar que el principal daño que se debe evitar es al Patrimonio Cultural de la Humanidad, por las graves consecuencias sociales y económicas que ello tendría para los cartageneros, para el Distrito y para el país.