Dictan medida no privativa de la libertad para alcalde y exalcalde de Montelíbano
La medida también cobija al secretario de Infraestructura de ese municipio, Esteban Sossa y Jaime Ruiz Calle, gerente de Jaguazul S.A.
Para el juez Primero Penal Municipal de Montería, Rafael Zuluaga, los fines de la medida privativa de la libertad en centro carcelario no fueron debidamente justificados por la Fiscalía General de la Nación, en contra del exalcalde de Montelíbano, Gabriel Calle, su sucesor Francisco Aleans, el secretario de Infraestructura de ese municipio, Esteban Sossa y Jaime Ruiz Calle, gerente de Jaguazul S.A. por presunta corrupción en contratación.
Según lo establecido por el juzgado, el ente acusador no logró demostrar con pruebas el por qué los hoy imputados podrían obstruir la justicia ni tampoco la forma en que representarían un peligro para la sociedad.
Con relación a la segunda línea investigativa que habría abierto la Fiscalía para establecer si en este caso cabe un presunto peculado por apropiación, el juez estimó que el ente acusador debía concluir dicha investigación para posteriormente procesar y no quedarse en meras sospechas.
Pese a la decisión judicial que fue apelada por la Fiscalía, las personas antes mencionadas quedarán vinculadas al proceso por los presuntos delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, falsedad ideológica en documento público, prevaricato por acción y la asociación para la comisión de delito contra la administración pública.
Lo anterior sería por supuestamente suscribir 51 convenios interadministrativos para obras públicas en el municipio de Montelíbano, a “dedo” y no por licitación pública, por un valor cercano a los 59 mil millones de pesos desde el año 2012 hasta la fecha.
La Fiscalía insiste en que los millonarios convenios que contemplaban obras como redes de acueducto, malla vial y plaza de mercado, se quedaron en manos de un pequeño grupo de empresas de economía mixta que acreditaban poca experiencia, como Jaguazul S.A. y cuatro entidades más, pues al parecer, terminaron por subcontratar con personas naturales la culminación de los proyectos previstos.
La decisión judicial conocida este 14 de junio en el Palacio de Justicia de Montería, contempla que los imputados deben tener buena conducta, referida a no realizar convenios durante el proceso, no salir del país y no comunicarse con los testigos del ente investigador.