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Autorizan a Transversal del Sisga remover deslizamiento de roca en vía alterna al Llano

Debido a una medida cautelar que ordena suspender de manera temporal obras en la vía, el Juzgado Penal del Circuito de Guateque facultó el traslado de trabajadores y maquinaria.

La concesión deberá garantizar la desinfección de las cosas y personas y dotar a los funcionarios y trabajadores de completos elementos de bioseguridad para evitar el contagio.. Foto: Suministrada

La concesión deberá garantizar la desinfección de las cosas y personas y dotar a los funcionarios y trabajadores de completos elementos de bioseguridad para evitar el contagio.. Foto: Suministrada(Thot)

Tras la solicitud elevada por el apoderado de la Concesión Transversal del Sisga S.A.S para el levantamiento de la medida provisional dispuesta por Juzgado Penal del Circuito de Guateque el 20 de abril de 2020, fundamentada en que a la altura del KM 23 + 800 metros, vía que de Guateque conduce a Bogotá, se presentó un derrumbe consistente en la caída de roca que en este momento tiene bloqueada la vía el despacho judicial lo autorizó.

“El contratista demuestra con videos y fotos que a la altura del Kilómetro 23 +800 metros se presentó un derrumbe, evidenciándose de la documental que el desmoronamiento de piedras y rocas invadió en su totalidad la vía, impidiendo el paso de cualquier vehículo automotor”, precisa el documento.

Ante tal situación decidió conceder la solicitud toda vez que la vía cerrada podría afectar la movilización por el trayecto vial de vehículos que transportan alimentos provenientes de los Llanos Orientales para otras zonas del país y de personas y elementos médicos relacionados con el diagnóstico, tratamiento o prevención de la Covid-19

Así mismo, facultó a la Concesión Transversal del Sisga S.A.S para que movilice las maquinarias, equipos, vehículos, herramientas, funcionarios y trabajadores, exclusivamente necesarios y sólo durante el tiempo necesario para remover los materiales que taponan la vía y realicen los trabajos pertinentes para evitar nuevos deslizamientos en el lugar.

Para el efecto, y bajo pena de desacato, la empresa deberá tomar previamente y durante el desarrollo de los trabajos las medidas de bioseguridad como garantizar la desinfección de las cosas y personas y dotar a los funcionarios y trabajadores de completos elementos de bioseguridad para evitar cualquier contagio.

“En lo sucesivo, realizar trabajos exclusivamente en lugares donde ocurran siniestros que impidan absolutamente en tránsito de automotores o pongan en peligro la integridad de las personas, eventos en los que la Concesión deberá acatar las medidas de prevención”, precisa la decisión judicial.

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