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Alcaldía de Tunja debe presentar proyecto para fijar lugar donde funcionarán prostíbulos

Según fallo de segunda instancia del Tribuna Administrativo de Boyacá, dentro del proyecto también se debe incluir los juegos de suerte y azar.

El presidente del alto tribunal, magistrado Luis Ernesto Arciniegas, dice que la administración municipal deberá presentar el proyecto en los próximos 25 días.. Foto: Getty Images

El presidente del alto tribunal, magistrado Luis Ernesto Arciniegas, dice que la administración municipal deberá presentar el proyecto en los próximos 25 días.. Foto: Getty Images(Thot)

El presidente del Tribunal Administrativo de Boyacá, magistrado Luis Ernesto Arciniegas confirmó el fallo de segunda instancia que obliga a la Alcaldía de Tunja presentar un proyecto al Concejo municipal para fijar un perímetro para el desarrollo económico de la prostitución y los juegos de suerte y azar.

La decisión se tomó tras una acción de cumplimiento presentada por el ciudadano Juan Domingo Álvarez, orientada ésta a obtener el cumplimiento de lo establecido en el Código Nacional de Policía.

El alto tribunal precisa que las actividades mencionadas no deben desarrollarse alrededor de hospitales, centros de salud, educativos y templos religiosos.

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Es de recordar, que en primera instancia la acción cumplimiento fue fallada favor del accionante por el Juzgado Noveno Administrativo de Tunja, al encontrar que efectivamente el actor había reclamado previamente a la administración municipal el cumplimiento de esta disposición.

Se precisa que el municipio se había mostrado renuente, aduciendo que este tema ya estaba regulado en el Plan de Ordenamiento Territorial, (POT).

El juzgado en primera instancia, le ordena al alcalde de Tunja, Alejandro Fúneme, que a más tardar en 25 días hábiles siguientes, a ese fallo, presenté ante el Concejo del municipio el proyecto de acuerdo.

“Inconforme con la decisión del Juez en primera instancia, el municipio apeló el fallo y manifiesta en términos muy concretos que lo que pretende el actor relacionado con el cumplimiento con el código Nacional de policía ya se encuentran en el POT”, explicó el togado.

Al analizar esta impugnación el tribunal consideró que el municipio no le asiste la razón toda vez que efectivamente, así como lo decidió el juez, en primera instancia, el municipio a través de su alcalde se encuentra actualmente incumpliendo la obligación contenida en el código Nacional de Policía en relación con la fijación del perímetro para el ejercicio de las actividades mencionadas.

“Está establecido el alcalde de Tunja ha sido renuente en el presente caso, pues es evidente que al interpretar el POT se está negando a darle cumplimiento al Código Nacional de Policía, y esto en razón, de que queda claro, el POT tiene una finalidad completamente diferente a lo que constituye el Código Nacional de Policía.

En consecuencia, el Tribunal Administrativo de Boyacá confirmó el fallo en segunda instancia, y el municipio está obligado en 25 días siguientes a presentar un proyecto de acuerdo ante el Concejo municipal de Tunja.

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