Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena suspender las marchas del 28 de abril
Las autoridades nacionales y locales deben acatar esta medida cautelar y derogar de inmediato los permisos otorgados para las protestas.
La corporación restringe manifestaciones del 28 de abril hasta que en el país exista inmunidad de rebaño.
La alta corporación ordena a las autoridades nacionales y locales acatar esta medida cautelar y derogar de inmediato los permisos otorgados para las protestas.
"Decretar de manera oficiosa como medida cautelar provisional el aplazamiento de las manifestaciones a llevarse a cabo el día de mañana veintiocho (28) de abril de y primero (1º) de mayo de 2021 hasta tanto se implemente un protocolo de bioseguridad o se alcance la inmunidad de rebaño con la vacunación contra la pandemia COVID-19 y sus mutaciones que garantice a los manifestantes como a los terceros de que se da cuenta en esta providencia los derechos fundamentales a la salud, la vida y la salubridad pública de tal manera que los tutelantes y manifestantes como las autoridades accionadas salvaguarden en especial los derechos de los niños, de las personas de la tercera edad, de sus familias y de los médicos que segundo a segundo están exponiendo su vida en las UCI de los hospitales y clínicas para proteger la vida de los infectados por el referido virus", se lee en el fallo.
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"Ordenar al presidente de la República, al ministro de Salud, a la alcaldesa mayor de Bogotá, a los alcaldes de las diferentes ciudades de Colombia y a los gobernadores de departamento que de manera inmediata a la notificación de esta providencia procedan a informar y darle publicidad en los medios de comunicación más expeditos con el fin de que los manifestantes se abstengan de realizar el día de mañana 28 de abril como el 1º de mayo manifestaciones púbicas en las diferentes vías del territorio nacional."