Judicial

JEP rechaza restringir la libertad del antiguo secretariado de las Farc

También denegaron suspender de sus curules a los senadores del partido Comunes, Pablo Catatumbo y Carlos Lozada.

Rechazan restringir la libertad del antiguo secretariado de las Farc . Foto: Colprensa

La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) negó una solicitud interpuesta por víctimas agrupadas en la Fundación Defensa de Inocentes, mediante la cual argumentaban que debido a que excomandantes de las Farc (como Iván Márquez) se habían fugado en el pasado, se debía restringir la libertad del antiguo secretariado de la guerrilla, imputado por secuestro, como medida preventiva.

La decisión de los magistrados se sustentó en falta de pruebas que demostraran ese riesgo y por el contrario evidenciaron que los exguerrilleros comparecieron a todas las audiencias adelantadas y dieron respuesta a las observaciones de las víctimas y la JEP.

Los jueces al tiempo también denegaron otra petición de la misma fundación, en la que sostenían que la imputación a los excomandantes de las Farc por crímenes derivados del secuestro era incompatible con ostentar un cargo público y que habían sido condenados en el pasado por diversidad de crímenes, por lo que solicitaban suspender a Pablo Catatumbo y Carlos Lozada de sus curules en el congreso.

Pero de acuerdo con los magistrados, los excomandantes de las Farc no han sido aún condenados por el tribunal ni se han establecido cuáles son las sanciones que se les impondrán, lo cual deja sin piso esa solicitud.

También recalcaron que la entrada en vigencia de la jurisdicción suspendió las condenas proferidas por la justicia ordinaria como un impedimento hacia los excombatientes para participar en política.

Las decisiones del tribunal especial respaldaron la petición de la Procuraduría, que había pedido que se rechazaran las medidas cautelares solicitadas.