Gobierno deberá volver a crear el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación
La Corte Constitucional fijó el plazo de dos legislaturas a la cartera para corregir esos errores, es decir, hasta el 20 de julio de 2023.
La Corte Constitucional tumbó la ley que creó el Ministerio de Ciencia y Tecnología porque no cumplió con los requisitos legales y dio al congreso hasta junio de 2023 para que subsane o corrija el trámite. Según la Corte, la ley que creó al Ministerio no cumplió con los requisitos legales y por eso la decisión la tomó tras estudiar la demanda que pedía derogar la ley con la que se creó este gabinete.
A juicio de los demandantes, en el trámite legislativo que culminó con la expedición de la ley demandada se desconoció lo dispuesto por el inciso 2° del artículo 154 de la Constitución, dado que el proyecto de ley no fue presentado a iniciativa del Gobierno Nacional (primer cargo). Además, dado que la ley no reguló la estructura orgánica del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, desconoció lo dispuesto por el artículo 150.7 de la Constitución (segundo cargo).
Síntesis de los fundamentos:
La Corte realizó la integración normativa de la ley demandada (Ley 1951 de 20194), con los artículos 125 y 126 de la Ley 1955 de 2019, aprobatoria del Plan
Nacional de Desarrollo, en cuanto regularon la fusión, denominación y objetivos del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Declaró la inexequibilidad diferida de la ley demandada y de las mencionadas disposiciones de la Ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo.
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En relación con la primera, por desconocimiento del artículo 150.7 de la Constitución, en cuanto no reguló la estructura orgánica del Ministerio.