Judicial

Fiscal rechaza recusación de Iván Cepeda en caso Uribe

En su decisión, el fiscal General señaló que no se configuró ninguna de las causales definidas por el artículo 56 de la Ley 906 de 2004.

Fiscal Francisco Barbosa. Foto: Colprensa - Camila Díaz

Fiscal Francisco Barbosa. Foto: Colprensa - Camila Díaz(Thot)

El fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, rechazó la recusación presentada por el apoderado del senador Iván Cepeda Castro contra el coordinador de la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Gabriel Ramón Jaimes Durán, que pretendía separarlo de la investigación que se sigue contra el exsenador Álvaro Uribe Vélez.

En su decisión, el fiscal General señaló que no se configuró ninguna de las causales definidas por el artículo 56 de la Ley 906 de 2004, que regla lo relacionado con las recusaciones y los impedimentos. De igual manera, precisó que no está comprometida la imparcialidad o autonomía del fiscal del caso, ni existe enemistad del mismo con alguna de las partes vinculadas al proceso.

El pronunciamiento recuerda que la posición de jerarquía y gestión del Fiscal General de la Nación, así como la disposición de comités técnicos – jurídicos, no afectan la independencia ni la toma de decisiones de los fiscales delegados. 

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Estos principios constitucionalmente están definidos para orientar, dinamizar e impulsar el funcionamiento institucional de la entidad.

En decisión del 10 de septiembre del año en curso, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia rechazó, por unanimidad (22 votos), la recusación contra el Fiscal General de la Nación, por lo que el argumento planteado por el apoderado del señor Cepeda sobre la ausencia de imparcialidad de los demás funcionarios de la Fiscalía quedó sin sustento.

"La Fiscalía General de la Nación reafirma que las acciones investigativas avanzan con absoluta responsabilidad y rigor. Cualquier determinación estará al amparo de la ley y las garantías constitucionales que les asisten a las partes." señaló la entidad en un comunicado.

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