Eutanasia: ¿a partir de qué momento la sentencia de la Corte es aplicable?
Julio Sánchez Cristo, director de La W, consultó con varios juristas sobre el caso de Martha Sepúlveda.
Eutanasia: ¿a partir de qué momento la sentencia de la Corte es aplicable?
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Martha Sepúlveda iba a ser la primera colombiana en tener acceso a la eutanasia, sin ser paciente terminal. Foto: Redes Sociales
Martha Sepúlveda, paciente diagnosticada con esclerosis lateral amiotrófica (ELA), tenía previsto practicarse el procedimiento de eutanasia el pasado domingo 10 de octubre. Esta enfermedad, vale aclarar, ocasiona la pérdida del control muscular con el tiempo, debido a la afectación a las células nerviosas ubicadas en el cerebro y la médula espinal. Por ese motivo, Sepúlveda había solicitado someterse a esta práctica.
Sin embargo, pocas horas antes de este plazo, la IPS Incodol, entidad responsable, emitió un comunicado en el que señaló que dicha intervención ya no se realizaría.
Según argumenta la institución, la decisión se adoptó tras una reunión del comité científico interdisciplinario para el derecho a morir con dignidad, realizada el viernes 8 de octubre. Si bien no se precisa quiénes conforman ese órgano, señala que se concluyó “de manera unánime” cancelar el procedimiento.
Posteriormente, advirtieron que “al contar con un concepto actualizado del estado de salud y evolución de la paciente, se define que no se cumple con el criterio de terminalidad (sic) como se había considerado en el primer comité”.
En diálogo con La W, los exmagistrados Pablo Cáceres y Nilson Pinilla hablaron sobre a partir de qué momento la sentencia de la Corte Constitucional es aplicable en el caso de la eutanasia. Lo invitamos a que escuche esta entrevista completa en el player del encabezado.