Corte pide al MinDefensa que intervenga en demanda por empanadas callejeras
También convocó al Presidente del Senado, al Presidente de la Cámara de Representantes, a la Defensoría del Pueblo y a la Personería Distrital de Bogotá, al Ministerio de Justicia.
La Corte Constitucional admitió la demanda de inconstitucionalidad presentada por 4 ciudadanos contra el artículo del Código de Policía que fija los comportamientos contrarios al ciudadano, entre los que se encuentran el de “promover o facilitar el uso u ocupación del espacio público”. En el marco de dicha solicitud, el alto tribunal solicitó al Ministerio de Defensa para que intervenga en el proceso.
La Corte también convocó al Presidente del Senado, al Presidente de la Cámara de Representantes, a la Defensoría del Pueblo y a la Personería Distrital de Bogotá, al Ministerio de Justicia y del Derecho, y a la Policía Nacional para que intervengan directamente o por intermedio de apoderado designado para el efecto, mediante escrito para que justifiquen la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las normas demandadas.
La norma permitió multar con $834.000 a Steven Claros, un joven que compró una empanada en un puesto ambulante ubicado en el barrio La Castellana en Bogotá, hace algunos días. Para imponer la sanción, la Policía Nacional se amparó en la regla que ahora es objeto de una demanda y que deberá ser resuelta por los magistrados que integran la Corte Constitucional. En el recurso, presentado Alejandro Badillo Rodríguez, Laura Lizeth Muñoz Gutiérrez, Joseph Salom Gómez y María Camila Muñiz Bustos, se asegura que el Código de Policía vulnera varios artículos de la Constitución Política.
“La (…) interpretación que hace la Policía al multar a los ciudadanos que compren productos a los vendedores informales es una clara violación a derechos fundamentales como el trabajo, la igualdad ante la ley, libertad y libre desarrollo de la personalidad”, aseguraron los demandantes.