Judicial

Corte ordena a Supersociedades reprogramar citación a ciudadano convocada en cuarentena

El hombre quedó por fuera de un proceso de reorganización empresarial porque no consultó las notificaciones presenciales, además, no asistió a la cita convocada en plena pandemia.

Corte ordena a Corte ordena a Supersociedades reprogramar citación a ciudadano convocada e. Foto: Pixabay

Corte ordena a Corte ordena a Supersociedades reprogramar citación a ciudadano convocada e. Foto: Pixabay(Thot)

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, ordenó a la Superintendencia de Sociedades notificar de nuevo, por correo electrónico y reprogramar una diligencia a un empresario cuya organización se encuentra en proceso de reorganización. El hombre había quedado por fuera de dicho proceso porque no consultó las notificaciones presenciales y, además, no asistió a la cita convocada en plena pandemia.

Por esa razón impugnó dicha decisión ante la Corte Suprema tribunal que le dio la razón y le ordeno a la Supersociedades permitirle hacer parte del proceso porque en esa fecha estaba el país en cuarentena. 

Lea en La W:

La decisión ordena a la Superintendencia de Sociedades que, en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, ponga en conocimiento del accionante el proyecto de calificación y graduación de créditos y derechos de voto presentado por el promotor del proceso de insolvencia de la sociedad Construcciones Peñalisa S.A.S, remitiéndole la documentación correspondiente al correo electrónico registrado en su condición de acreedor, con plena observancia de los términos contemplados en el numeral 4° del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006. Por secretaría, envíesele copia de esta decisión. 

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Agrega el fallo que, en la diligencia, de las casi 400 obligaciones con derecho a voto que intervienen en el juicio de reorganización empresarial, solo se presentaron 56 objeciones según lo manifestó la Superintendencia de Sociedades, situación que, en su criterio, refleja “(…) que solo el 14% de los intervinientes con derecho a voto pudieron conocer el contenido del auto y al otro 86% se le vulneró el derecho al debido proceso. 

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