Corte IDH rechaza tumbar condena que favoreció a funcionarios judiciales
El Estado había solicitado la nulidad del fallo porque a su juicio, los jueces del tribunal internacional no habían sido imparciales.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) desestimó una solicitud de nulidad, por medio de la cual el Estado buscaba tumbar el fallo que ordenó indemnizar a la fiscal Yenina Martínez Esquivia en Cartagena. En la sentencia también se exigió modificar la legislación colombiana en favor de los funcionarios judiciales en provisionalidad.
De acuerdo con el Estado colombiano, la condena debía ser tumbada por alegadas violaciones al debido proceso, indicando por ejemplo que la beneficiada había presentado documentos y pruebas de manera extemporánea y se le había permitido, mientras que la Corte había negado recibir documentos al estado por "tecnicismos".
Pues los jueces concluyeron que la solicitud del Estado no tiene fundamento, primero porque las sentencias del tribunal no tienen medio de impugnación y son de estricto cumplimiento. Además, afirmaron que los argumentos del Estado fueron escuchados por la Corte, por lo cual no puede entrar a revisar alegaciones que ya fueron falladas.
Asimismo, dejaron en firme la orden al Estado de adecuar su normativa para proteger a los funcionarios judiciales en provisionalidad y aclararon que el único periodo en el que la víctima no deberá ser indemnizada cubre del 2 de agosto al 15 de octubre de 2005, cuando fue reintegrada temporalmente.
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