Corte declara inconstitucional la cadena perpetua para violadores de niños
La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó la posibilidad de aplicar la pena perpetua con una votación 6-3.
La Sala Plana de la Corte Constitucional declaró inconstitucional la cadena perpetua para violadores de niños, niñas y adolescentes tras una votación de 6-3.
La Sala tumbó el Acto Legislativo 01 de 2020 que aprobó la adena perpetua, revisable a los 25 años, la cual fue propuesta por el presidente Iván Duque.
La demanda fue radicada por el Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes y fue la magistrada Cristina Pardo Schesinger quien presentó la ponencia para determinar que esta ley desconoce la dignidad humana de las personas privadas de la libertad.
Según la ponencia, la norma genera efectos graves para la dignidad humana de la persona que es condenada, y de cierta forma, para el sistema penitenciario actual.
A juicio de los demandantes, el “Congreso de la República extralimitó su competencia y sustituyó los siguientes pilares axiales de la Constitución Política: (a) el modelo del Estado Social de Derecho y (b) el deber del Estado de respetar, garantizar y proteger los derechos humanos”.
Según la demanda, “penas mínimas de 25 años, al ser tan largas, conllevan un proceso de prisionización que viola la dignidad del ser humano al anular su autonomía como sujeto moral, además de causarle daños irreversibles en su salud física y mental”.
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Adicionalmente, señalan que la lectura de la norma demandada a la luz del artículo 199 del Código de la Infancia y la Adolescencia impide que los condenados accedan a mecanismos como la redención de pena, incentivos, beneficios y subrogados penales.