Judicial

Conozca cuáles son los grados de alcoholemia y sus sanciones

Las sanciones varían según el grado de alicoramiento del conductor y el número de veces en las que haya sido sorprendido manejando bajo esta condición.

El 19 de diciembre de 2013, la Ley 1696 endureció las sanciones para los conductores que manejen en estado de embriaguez. Foto: Getty Images / SRINRAT WUTTICHAIKITCHAROEN

El 19 de diciembre de 2013, la Ley 1696 endureció las sanciones para los conductores que manejen en estado de embriaguez. Foto: Getty Images / SRINRAT WUTTICHAIKITCHAROEN(Thot)

Durante la madrugada del 13 de septiembre de 2021, a la altura del puente viejo de Gaira (jurisdicción de Santa Marta DTCH), el empresario Enrique Vives Caballero se movilizaba hacia su casa en una camioneta Toyota Hilux, a alta velocidad y en estado de embriaguez. Posteriormente, atropelló a siete jóvenes que transitaban por este tramo, de los cuales seis murieron y uno más, de 13 años, se encuentra internado en una clínica.

Un hecho que llamó la atención sobre este caso que conmocionó al país es que Vives Caballero se encontraba al límite del segundo grado de alcoholemia, ya que conducir bajo estado de embriaguez es un delito de tolerancia cero en el sistema judicial colombiano. El 19 de diciembre de 2013, la Ley 1696 endureció las sanciones para los conductores que manejen bajo este estado.

Los conductores que falten a esta norma podrán enfrentar una sanción de más de 800.000 pesos, además de perder su licencia de conducción.

Sin embargo, las sanciones varían según el grado que registre el etilómetro aplicado por las autoridades de tránsito y el número de veces en las que haya sido sorprendido.

A continuación, le explicamos cuáles son los grados de alcohol en la sangre que castiga la ley:

  • Grado cero: Equivale a consumir una sola cerveza, lo que representa de 20 a 39 miligramos de etanol en la sangre. La sanción será de seis a doce meses de suspensión de la licencia de conducción.
  • Primer grado: Equivale a consumir más de tres cervezas, lo que representa entre 40 y 99 miligramos de etanol en la sangre. La sanción será la suspensión de la licencia de doce meses a tres años.
  • Segundo grado: Equivale a consumir más de cuatro cervezas, lo que representa entre 100 y 149 miligramos de etanol en la sangre. La sanción será la suspensión de la licencia sería de tres a cinco años.
  • Tercer grado: Equivale a consumir ocho o más cervezas, lo que representa más de 150 miligramos de etanol en la sangre. La sanción será la suspensión de la licencia de cinco y diez años.

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