Condena contra el Invima por ruptura de implantes PIP para seno se mantiene vigente
La entidad de vigilancia y control había sido hallada administrativamente responsable de los perjuicios por falla en el servicio, por decisión del Tribunal Administrativo del Valle
El Consejo de Estado negó las pretensiones de una demanda de tutela que interpuso el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), con el fin de dejar sin efectos la condena que se le impuso para reparar los daños causados por la ruptura de unos implantes de seno PIP en una paciente de Cali (Valle).
La entidad de vigilancia y control había sido hallada administrativamente responsable de los perjuicios por falla en el servicio, por decisión del Tribunal Administrativo del Valle. Según esa corporación judicial, el organismo demandado otorgó el registro sanitario a este dispositivo médico, limitándose a verificar la documentación del aval que recibió el producto en el país origen, omitiendo su deber de examinar muestras de las prótesis mamarias.
El Consejo de Estado negó la demanda de tutela. Sostuvo que la decisión del Tribunal de condenar al Invima por falla en el servicio estuvo fundada en un examen razonable de las pruebas, que demostraban las omisiones ya señaladas que se produjeron en torno al proceso de licenciamiento del producto. Además, en cuanto a los pronunciamientos de algunos tribunales sobre esta controversia a los que el demandante alude como “antecedentes jurisprudenciales”, son las decisiones del Consejo de Estado las que se convierten en precedente judicial, advirtió la alta corte.
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