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Así operará la extinción de dominio para vehículos que bloqueen vías

En La W, la vicefiscal Martha Mancera aseguró que no se trata de una confiscación de automotores.

El pasado 6 de mayo, fuentes de la Fiscalía General de la Nación explicaron a W Radio que, de haber un bien asociado a un hecho delictivo durante la jornada de protestas en Colombia, procederá a aplicar la extinción de dominio. Dicha acción pesaría sobre los bienes e inmuebles relacionados con el ilícito.

En diálogo con La W, la vicefiscal Martha Mancera aseguró que la extinción de dominio está amparada por la Constitución: “En un momento dado, si se denuncian bloqueos que se están haciendo con actos ilícitos, se recurre a la acción de extinción de dominio”.

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Así mismo, advirtió que no se trata de una confiscación: “El derecho a reunirse pública y pacíficamente es una garantía que tienen todos los colombianos. Lo que está prohibido es que, por cualquier medio ilícito, se comprometan la salud, el alimento y todos los derechos fundamentales. Se debe mirar cuáles son los casos de abuso de autoridad que se están presentando para generar una imputación”.

Sin embargo, el abogado Marlon Díaz aseguró en La W que no se puede ejercer, desde ningún punto de vista, una judicialización o proceso de extinción de dominio por un derecho fundamental.

La extinción de dominio a los vehículos que bloqueen vías es una salida desafortunada del fiscal general. Es una manera de intimidar a los manifestantes”, advirtió Díaz.

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