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Se incrementaron las denegaciones de nacionalidad española a los sefardíes

Isaac Benzaquén Pinto, presidente de la Federación de Comunidades Judías de España, explicó en La W las posibles razones por las que se están dando estas denegaciones.

La Ley de los Sefardíes permite a los descendientes de judíos que fueron expulsados de España en 1492 obtener la nacionalidad sin ningún requisito adicional. Según el Ministerio de Justicia, en el 2021 las posibilidades de denegación son del 22%, es decir que se han rechazado 3.028 casos y se han aceptado 13.754.

Sin embargo, un escrito policial que se envió al Ministerio de Justicia a finales del 2018 prendió las alarmas. Esta información partía de la Embajada de España en Colombia, en donde se advertían de posibles fraudes en el proceso de trámite de la nacional española por parte de descendientes de sefardíes.

Isaac Benzaquén Pinto, presidente de la Federación de Comunidades Judías de España, manifestó en La W que “en los requisitos que marcó la ley cuando se creó en diciembre de 2015, el papel que se le asignó a la Federación de Comunidades Judías de España, era un poder probatorio de solicitante, y existían seis elementos más, uno de ellos era el certificado del presidente de la Comunidad Judía donde residía el solicitante”.  

Indicó que “a partir de la importante responsabilidad, hemos creado una plataforma para atender todas las solicitudes y en términos numéricos quiero decir que por la Federación han pasado 110.000 expedientes, y hasta la fecha, la federación ha aprobado 79.593 expedientes”.

Sobre la situación en Colombia por un posible fraude, dijo que “como Federación lo que sabemos es por la prensa, no tenemos información cercana y cierta de los motivos del por qué el Ministerio de Justicia está denegando los expedientes”.

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Las causas que podrían ser ciertas son que se están aceptado por parte de los notarios comunidades judías distintas de las zonas que reside el solicitante. Lo segundo, se están ofertando certificados que hacían una mera referencia al apellido, que era frecuente de los sefardíes que abandonaron España, pero, sin embargo, no aportada un estudio genealógico que soportara la solicitud. Tercero, era imprescindible la presencia del solicitante ante el notario, y parece ser que esto no se hizo así en una época y se estaba haciendo por medio de terceros con poderes”, explicó.  

Isaac Benzaquén Pinto recalcó que “yo creo que se está creando mucha mitología sobre este tema, y lamentablemente una ley que nació como una unión la quieren desmitificar y no creo que esto sea justo”.  

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