Empresas en procesos de insolvencia podrán emitir bonos de riesgo para recuperarse
La nueva figura tiene como principal objetivo apoyar a esas empresas que se vieron impactadas en sus economías por la pandemia del COVID19.
A partir de ahora, las empresas del país que hayan entrado en procesos de insolvencia debido a los efectos económicos que debieron sufrir a causa de la llegada de la pandemia del COVID-19 podrán convertir sus créditos en bonos de riesgo, como un mecanismo de alivio financiero y de recuperación.
Según explicó el Ministerio de Comercio, esto será posible gracias al Decreto 890 de 2021 que reglamenta el uso de esta figura, creada en el Decreto 560 de 2020, el cual estableció medidas especiales de reorganización empresarial en el marco de la pandemia.
María Ximena Lombana Villalba, ministra de Comercio, Industria y Turismo, destacó la gran oportunidad que esta nueva opción representa para los empresarios que se encuentran complicados financieramente.
“Con esta norma ampliamos el abanico de alternativas para quienes se han visto obligados a negociar acuerdos de reorganización por los efectos económicos de la emergencia. La Reactivación Económica Segura pasa por la recuperación individual de cada empresa afectada. Así, quienes hayan incluido la opción de los bonos de riesgo para atender sus deudas tendrán claridad sobre las condiciones, prerrogativas, garantías, derechos, negociabilidad y mecanismos de protección de los tenedores”, indicó Lombana.
La ministra agregó que, en aplicación de lo establecido en ambos decretos, no se requerirá la autorización por parte de la Superintendencia de Sociedades para la emisión de los bonos de riesgo.
Por otro lado, se expuso que la suscripción de los títulos valor emitidos como consecuencia de un acuerdo de reorganización no será obligatoria. Solo serán suscritos por aquellos acreedores que así lo decidan voluntariamente y que tengan capacidad legal.
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En cuanto a lo que representa un bono, se explicó que este es un título valor representativo de deuda que puede emitir cualquier persona. De acuerdo con sus condiciones particulares, es posible redimirlos en dinero o en participación en la propiedad de la empresa emisora.
También es posible negociarlos con un tercero, agregando que se habla de bono de riesgo cuando el emisor está en una situación financiera inestable y existe una probabilidad mayor de incumplimiento de la obligación incorporada. Este riesgo lo asume quien lo adquiere y se refleja en el precio del título.
Se espera que varios empresarios hagan uso de esta nueva herramienta, teniendo en cuenta que en el más reciente informe de la Superintendencia de Sociedades se advierte que durante el primer semestre del presente año se recibieron 485 empresas a reorganización y 130 a liquidación, para un total de 615 solicitudes de insolvencia. Esto representa un 36% más comparado con el primer semestre de 2020.