Estas son las sanciones que se aplican cuando se conduce en estado de embriaguez
Conozca las sanciones que las autoridades aplican por infringir la medida de tránsito.
Si usted conduce en estado de embriaguez, la Policía tendrá que ponerle un comparendo por infringir una medida de tránsito.
Las autoridades solicitan que si va a consumir bebidas alcohólicas es mejor no manejar o si lleva el vehículo, llamar a un conductor elegido para que lo recoja en el sitio en el que se encuentra y de esta manera pueda regresar seguro a su casa.
La Secretaría de Movilidad de Bogotá explica cuáles son las sanciones que se aplican para estos casos:
- Pecuniarias: La multa depende del grado de embriaguez y de la reincidencia. El monto mínimo va desde 73.96 UVT (Para el 2021 equivale a $ 2.685.300) hasta 1183.32 UVT (Para el 2021 equivale a $ 42.964.000).
- Suspensión licencia de conducción: El tiempo de suspensión de la licencia de conducción varía de acuerdo con el grado y la reincidencia, puede oscilar entre 1 y 10 años.
- Cancelación licencia de conducción: La cancelación de la licencia aplica cuando la prueba de alcoholemia registra grado 1 o 2, y es reincidente por tercera vez en cualquiera de estos grados; o cuando se detecta por segunda o tercera vez en grado 3.
- Inmovilización del vehículo: El tiempo de inmovilización del vehículo oscila entre 1 y 20 días hábiles.
Le puede interesar:
- Lo que debe hacer cuando se cobra un comparendo a una cédula que no corresponde
- ¿Dónde debe cancelar los comparendos impuestos por la Policía de Carreteras?
- ¿Quién puede retirar un vehículo inmovilizado de los patios?
- Realización de acciones comunitarias: Aplica para cualquiera de los grados detectados. La intensidad de horas varía según el grado y la reincidencia, pueden oscilar entre 20 y 90 horas.
- Otras sanciones: El conductor que no permita las pruebas de alcoholemia o se dé a la fuga, se le cancelará la licencia, se le impondrá multa de 1.440 SMDLV y se inmovilizará el vehículo por 20 días hábiles.
- Duplicidad en las sanciones impuestas: La sanción en relación al monto de la multa y tiempo de suspensión de la licencia de conducción, se duplicará cuando se trate de conductores de vehículos de servicio público, de transporte escolar o de instructor de conducción.
- Sanción Penal: Si llegase a presentarse accidente de tránsito que involucre víctimas fatales y se determina la conducción del vehículo bajo grado igual o superior a 1, la pena se aumentará de las dos terceras partes al doble, en la pena principal y accesoria.