Anulan resoluciones de Peñalosa que permitían urbanizar el borde del río Bogotá
Las Resoluciones 1060 y 1631 de 2018 eliminaba por completo los riesgos de inundación, pero fueron expedidas sin estudios técnicos ni insumos jurídicos.
Anulan resoluciones de Peñalosa que permitían urbanizar el borde del río Bogotá
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Imagen de referencia. Foto: Colprensa - Diego Pineda
La Secretaría de Planeación de Bogotá derogó las Resoluciones 1060 y 1631 de 2018, que eliminaban los riesgos de inundación del Río Bogotá y, en consecuencia, permitía la urbanización de sus zonas de influencia.
De acuerdo con la decisión, estas resoluciones que fueron expedidas por el entonces alcalde Enrique Peñalosa, no contaban con estudios técnicos ni insumos jurídicos. De hecho, un juez de Bogotá había suspendido sus efectos como medida cautelar luego de que el Comité de Verificación de la sentencia del río Bogotá las demandara por considerar que se causaría una grave afectación al ecosistema para favorecer proyectos urbanísticos estructurales.
Ahora, se deberán adelantar nuevos estudios para corregir estas actuaciones.
"Que en este orden de ideas, se considera necesario corregir la imprecisión contenida en las Resoluciones 1060 y 1631 de 2018 por haber sido expedidas, sin contar con los insumos técnicos y jurídicos que se requerían para adelantar tales actuaciones", dice el documento de Planeación Distrital.
El documento señala que cuando se cuente con los estudios básicos, éstos aplicarán para los proyectos de mediano y largo plazo y no para los que están en ejecución.
"Que en todo caso, de contar con dichos estudios básicos de riesgo, conforme a lo dispuesto por el artículo 2.2.2.1.3.1.2 del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, estos aplican para la revisión de los contenidos de mediano y largo plazo de los planes de ordenamiento territorial o la expedición de nuevos planes y no para los que se encuentran en ejecución, como es el caso del Decreto Distrital 190 de 2004", dice el documento.
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Cabe mencionar que una de las obras que se encuentra ubicada en cercanías al río es el patio taller del metro de Bogotá, en la localidad de Bosa. No obstante, la Ley 1523 que adopta la política nacional de gestión del riesgo, establece en su artículo 42 que para este tipo de obras públicas se deberá hacer un análisis específico de riesgo que para diseñar e implementar las medidas de reducción del riesgo y planes de emergencia y contingencia.
La secretaría de Planeación Distrital, Adriana Córdoba, explicó además que las obras del patio taller del metro así como las obras que adelanta la CAR para la limpieza del río Bogotá se mantienen porque los efectos de esta decisión no son retroactivos. Agregó que las obras del metro incluyen la formulación de acciones de mitigación de riesgo.
Por su parte, Alejandro Callejas, gerente de Camacol, asegura que la resolución genera inseguridad jurídica.
"No se entiende por qué se pueden hacer obras en zonas de riesgo como el patio taller y otras no. Las obras de urbanismo no se podrían desarrollar porque estarían en zona de riesgo. Cuando pidan licencias de urbanismo y construcción, se tendrá que hacer con el mapa nuevo, lo que deja en entredicho todo el desarrollo en el occidente de la ciudad: metro y equipamientos", dijo.