¿Un extranjero puede conducir en Colombia con una licencia de otro país?
Conozca si una persona de otro país puede manejar un vehículo en Colombia sin tener la licencia de conducción colombiana.
Cuando un extranjero llega a Colombia como turista, por temas de trabajo o vivir por un tiempo y necesita manejar un vehículo, lo podrá hacer, aunque tenga la licencia de conducción de otro país y no la colombiana.
Según la Secretaría de Movilidad de Bogotá, en el artículo 25 de la Ley 769 de 2002 y Art. 2.2.1.11.6. del Decreto 1067 de 2015, “esto se podrá realizar cuando la licencia se encuentre vigente, sea utilizada por turistas o personas de tránsito y no exceda los 6 meses de permanencia en el territorio nacional”.
Con los migrantes venezolanos, este documento de su país de origen será válido por 6 meses si se encuentra en condición regular en Colombia.
Por su parte, las personas de España, Perú y Corea si superan los 6 meses, podrán solicitar el reconocimiento de la licencia, “previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Art 2° de la Resolución 1244 del 3 de abril de 2019”.
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Si pertenecen a algún país que no tiene convenio suscrito con Colombia y superó el término de temporalidad, “deberá solicitar su licencia de conducción bajo la modalidad de primera vez, cumpliendo los requisitos señalados por las normas vigentes, en este caso el Art. 196 del Decreto 019 de 2012”.