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Uber volvió a operar en Bogotá bajo un servicio llamado Uber Essentia

Mintransporte dejó claro que dentro de la cuarentena, no está exceptuado el arrendamiento de carros con chofer, ni el servicio público en vehículos particulares.

Uber volvió a operar en Bogotá bajo un servicio llamado Uber Essentia. Foto: Getty Images

Este jueves la plataforma Uber anunció su servicio Uber Essential, el cual calificó como una nueva opción dentro de la aplicación que brinda a quienes son parte de los sectores estratégicos autorizados para salir a las calles una alternativa para movilizarse por la ciudad alquilando un vehículo con conductor, según lo informado, la opción estará disponible en Bogotá desde este viernes 15 de mayo.

Dentro del protocolo expuesto para empezar a prestar este servicio, Uber expresó que el arrendatario deberá certificar que está autorizado para salir y que únicamente las personas que cuenten con los permisos respectivos por parte de las autoridades podrán beneficiarse de esta nueva opción de movilidad.

Añadiendo que a partir del lunes 18 de mayo, la app de Uber contará con una nueva tecnología que verifica cada día que el arrendador esté usando un tapabocas a través de la toma de un selfie, lo que permitirá que una vez que se valida que el arrendador tiene el rostro cubierto, se lo notifica al arrendatario a través de un mensaje en la app.

Dentro de las otras recomendaciones que hacen parte del protocolo de bioseguridad de Uber Essential, también se encuentran:

·  El máximo de arrendatarios son dos personas, además del arrendador.

·  Es imprescindible el uso de tapabocas durante el recorrido completo del arrendamiento.

·  Importante lavar o desinfectar con gel antibacterial las manos antes y después de subirse al vehículo. En lo posible, mantener las ventanas abiertas durante el recorrido del arrendamiento para permitir la circulación del aire.

Al validar si esto está autorizado por el Mintransporte, allí nos manifestaron que Uber no es una empresa autorizada para el arrendamiento de vehículos y que se está prestando un servicio público en carros cuya licencia de tránsito es servicio particular.

En las actividades exceptuadas por el decreto del Presidencia está la posibilidad de prestar el servicio público de transporte, entendiendo que se haga con empresas legalmente habilitadas para ello.  No está exceptuado el arrendamiento con chofer, ni el servicio público en vehículos particulares.

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