Supertransporte puso la lupa sobre varias cámaras de fotomultas en el país
Entre las entidades a las que formuló pliego de cargos, se encuentran la Secretaría de Movilidad de Bogotá, Secretaría de Tránsito de Cartago y Magdalena.
La Superintendencia de Transporte informó que formuló cargos contra la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá, la Secretaría de Tránsito y Transporte de Cartago y la Oficina de Tránsito y Transporte de Magdalena, entidades que presuntamente instalaron y pusieron en operación en su jurisdicción sistemas de fotodetección sin contar con la autorización previa ni tener la señalización adecuada que diera advertencia de su presencia.
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Seguido a esto, el ente de control y vigilancia expuso que 14 organismos de control de tránsito de toda Colombia están siendo investigados por los mismos motivos, mientras se revisa la situación de los sistemas de fotodetección utilizados por 40 organismos en diferentes regiones del país.
Ante el escenario, el superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, dijo: “Los organismos de tránsito tienen que ser conscientes de que, si colocan sistemas sin autorización, se exponen a sanciones por parte de la Supertransporte, sin perjuicio de otras consecuencias legales. La entidad continuará escuchando a los ciudadanos para investigar a quien esté infringiendo la ley”.
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Los 40 organismos de tránsito a los que se le abrió investigación preliminar corresponden a los municipios de Barranquilla, Aguachica, Palmira, El Rosal, Sabaneta, Sibaté, Floridablanca, Piendamó, Cartago, Santander de Quilichao, Fundación, La Estrella, Fonseca, Bello, Guasca, Soacha, Mosquera, Barrancabermeja, Turbaco, Envigado, Medellín, Ciénaga, Bogotá, Villeta, Cota, Los Patios, San Juan Nepomuceno, Cali, Arjona, Cajicá, Clemencia, Galapa, Planeta Rica, Codazzi, Yotoco, Yumbo y La Dorada, y los departamentos de Atlántico, Magdalena y Cundinamarca en su Sede Operativa de Chocontá.
El ente de control y vigilancia expuso que, en caso de que los organismos de tránsito sean encontrados responsables por los incumplimientos de los criterios técnicos y tecnológicos aplicables a los SAST, se podrán suspender las ayudas tecnológicas hasta tanto estos cumplan con la norma.
En cuanto al no suministro de información, los investigados podrán ser multados hasta con 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes.