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Supertransporte ordena vigilar tránsito ilegal en algunas regiones del país

El ente de control y vigilancia ordenó a alcaldes de varias ciudades y municipios del país investigar y sancionar quienes presten servicio del transporte público de manera ilegal.

El ente de control y vigilancia también solicitó iniciar acciones judiciales y administrativas contra los sujetos que presten el servicio sin cumplir las normas. Foto: Getty Images / CRIS CANTÓN

El ente de control y vigilancia también solicitó iniciar acciones judiciales y administrativas contra los sujetos que presten el servicio sin cumplir las normas. Foto: Getty Images / CRIS CANTÓN(Thot)

Por solicitud de la Superintendencia de Transporte, alcaldes de 18 ciudades capitales y los 13 municipios más poblados del país deberán investigar y sancionar a las personas que sean sorprendidas en cada una de sus jurisdicciones realizando operaciones de transporte público en vehículos particulares.

El ente de control y vigilancia también solicitó iniciar acciones judiciales y administrativas contra los sujetos que presten el servicio sin cumplir las normas, y contra quienes faciliten las operaciones de manera ilegal.

La Superintendencia les recordó a los alcaldes que la omisión de control del transporte ilegal ha causado en el pasado múltiples condenas en la jurisdicción de lo contencioso administrativo contra los municipios, así como también investigaciones por parte de la Superintendencia de Transporte y como procesos en la Procuraduría General de la Nación contra mandatarios locales.

Ante el escenario, el superintendente de Transporte, Camilo Pabón, dijo: “En estos 31 municipios está la mitad de la población del país. Sus alcaldes y funcionarios deben ser responsables de aplicar la ley para atacar con severidad ese fenómeno de ilegalidad que afecta dichas jurisdicciones”.

Las instrucciones que la Supertransporte envió a los alcaldes fueron las siguientes:

Primero: Las personas que sean sorprendidas realizando operaciones de transporte público en vehículos particulares deben ser investigados y sancionados (i) bajo la ley de tránsito terrestre, con la infracción D12 y las demás que consideren procedentes, y (ii) bajo la ley de transporte terrestre con la imposición de multas hasta 700 SMMLV, por la infracción de los artículos 11, 16, 23, 31, 35, 38, entre otros, de la ley 336 de 1996.

Le solicito incorporar dichas instrucciones también como parte del Plan Estratégico de Control al Cumplimento del Marco Normativo en Transporte, según lo ordenado por la Resolución 3443 de 2016 del Ministerio de Transporte.

Segundo: Le solicito iniciar las acciones judiciales y administrativas que correspondan contra todos los sujetos que realicen operaciones de transporte público dentro de su jurisdicción sin cumplimiento de los requisitos legales, así como contra todos los sujetos que faciliten la realización de dichas operaciones de transporte ilegal”.

Estas medidas,  informadas a través de una comunicación oficial directa, se deben acatar de manera inmediata. De esta manera, las investigaciones y sanciones que se impongan se realizarán teniendo en cuenta tanto la Ley de Tránsito Terrestre con la infracción D12, como la Ley de Transporte Terrestre, que puede generar la imposición de multas de hasta 700 SMMLV.

Entre las ciudades capitales que deberán dar cumplimiento a las instrucciones, se encuentran: 

  • Cúcuta - Norte de Santander
  • Barranquilla - Atlántico
  • Pasto - Nariño
  • Cartagena - Bolívar
  • Cali - Valle del Cauca
  • Ibagué - Tolima
  • Bogotá - Colombia
  • Bucaramanga - Santander
  • Tunja - Boyacá
  • Medellín - Antioquia
  • Valledupar - Cesar
  • Pereira - Risaralda
  • Neiva - Huila
  • Montería - Córdoba
  • Armenia - Quindío
  • Villavicencio - Meta
  • Manizales - Caldas
  • Santa Marta - Magdalena

Entre los municipios, están:

  • Bello Antioquia
  • Mosquera
  • Envigado
  • Yumbo
  • Funza
  • Barrancabermeja
  • Chía
  • Floridablanca
  • Soacha
  • Itagüí
  • Rionegro
  • Palmira
  • Sabaneta

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