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Superindustria multa a Droguerías Olímpica y Protabaco

La multa es de $147'375.000 pesos a las supertiendas y droguerías en su condición de distribuidora. Igual sanción se impuso a Protabaco en su condición de fabricante.

Droguería Olimpica / El Tiempo

La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), mediante Resoluciones Nos 38.487 del 27 de junio de 2013 y 42.290 del 18 de julio de 2013, sancionó, en primera instancia, a SUPERTIENDAS Y DROGUERIAS OLIMPICA S.A., con una multa de ciento cuarenta y siete millones trescientos setenta y cinco mil pesos ($147’375.000) equivalentes a doscientos cincuenta salarios mínimos mensuales legales vigentes (250 SMLMV), por infringir la Ley 1335 de 2009 (Ley Antitabaco).

La decisión se tomó luego de realizar una visita de verificación a SUPERTIENDAS Y DROGUERIAS OLIMPICA S.A. de Popayán (Cauca), donde la SIC evidenció la ausencia de pictogramas y frases de advertencia de las cajetillas de cigarrillos correspondientes a las marcas President y Continental, infringiendo de esta forma la Ley 1335 de 2009 (Ley Antitabaco) por comercializar productos de tabaco sin frases de advertencia y pictogramas.

De igual forma, la SIC sancionó a PRODUCTORA TABACALERA DE COLOMBIA S.A. (PROTABACO) en su condición de fabricante, por no haber incorporado en dichas cajetillas los pictogramas y frases de advertencia.

Por esta razón y mediante las mismas resoluciones, la SIC impuso idéntica sanción, es decir, multa de ciento cuarenta y siete millones trescientos setenta y cinco mil pesos ($147’375.000) equivalentes a doscientos cincuenta salarios mínimos mensuales legales vigentes (250 SMLMV).

Contra esta decisión de primera instancia, proceden los recursos de reposición y apelación ante la misma Superintendencia de Industria y Comercio.