Secuestro contemplaba asesinato y desaparición: las conclusiones de imputación de la JEP
La W conoció el documento de la decisión que concluye que la guerrilla acordó secuestrar civiles y militares en sus plenos de 1993, 1997 y el 2000, así como en otras reuniones.
La W conoció el documento de más de 300 páginas en el que la Sala de Reconocimiento decidió imputar a ocho excomandantes de las Farc (siete responderán porque uno falleció) por el delito de secuestro, manifestando que definieron adelantar esa práctica con la intención de generar sufrimiento en la población civil, lograr fines económicos o canjear a los secuestrados por guerrilleros presos.
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Según la determinación de la JEP, las Farc en su plenario de 1993 concluyeron secuestrar civiles para conseguir financiación de sus actividades criminales, práctica que se extendió a lo largo de sus zonas de influencia. Además, en 1997 y el 2000 tomaron la decisión de secuestrar miembros de la Fuerza Pública y posteriormente civiles para "canjearlos" por sus combatientes en poder de la autoridad.
"...existió un plan común, expresado en múltiples documentos y declaraciones detalladas en las secciones correspondientes de este auto, y reconocido por los comparecientes. Además, el plan común incluye el eventual asesinato e incluso la eventual desaparición de los cautivos, el cual se entiende que estaba incluido en las órdenes generales dadas por los comandantes" señala la decisión en su página 282.
La Sala del tribunal especial también criticó delitos adicionales derivados del secuestro como por ejemplo los casos de violencia sexual, desplazamiento forzado o incluso defraudación a las víctimas que pagaron por los rescates de sus familiares y nunca se los devolvieron.
"...es el caso de las burlas y engaños a las familias en torno al pago por la libertad de sus seres queridos. Por ejemplo, cuando se realizó el pago pero no se liberó sino que se pidió un pago adicional. También, cuando se pidió pago por el cadáver o cuando se plagió a la persona que llevó el pago para pedir un rescate adicional, entre otras formas de burlar y humillar a las familias que sufren intensamente por el cautiverio de sus seres queridos" manifiesta la determinación en su página 274.
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En materia de responsabilidad individual, la JEP señaló las conductas que por orden y responsabilidad de mando tendrán que responder los exmiembros de las Farc, entre las cuales se resaltan los señalamientos más importantes:
1. Rodrigo Londoño: La JEP señala que con los otros miembros del secretariado dio la orden de extraer dinero a los civiles por medio del secuestro identificando casos potenciales, además presionó sobre ello llamándolo "resultados financieros" y también en el intercambio de cambio de civiles o militares por guerrilleros.
Por cadena de mando deberá responder por homicidio y desaparición forzada, casos de violencia sexual y desplazamiento forzado.
2. Jaime Parra "El Médico": La Sala señaló que conocía de las políticas adoptadas para secuestrar. Incluso, indican que hay evidencias como la contenida en uno de los computadores incautados en la operación Sodoma, donde daba la orden de matar a un civil cautivo porque no podían pagar su rescate. Además, lo señalan de no haber frenado los malos tratos, como por ejemplo los sufridos por el político Alan Jara.
Cabe resaltar que Íngrid Betancourt le pide explicar porque no envió un médico a atender el parto en cautiverio de la excongresista Clara Rojas al tratarse de un asunto humanitario.
3. Pablo Catatumbo: Igual que sus excompañeros se le imputan esos crímenes porque participó en las reuniones donde se acordó secuestrar con diversos fines. Uno de los casos que presenta la JEP en contra de Catatumbo es el del secuestro del Coronel de la Policía Álvaro Acosta Argoty, quien tenía un problema en su columna y aun así era trasladado en una hamaca produciéndole mayores dolores, por lo cual desmienten lo dicho por Catatumbo, quien profesaba "buenos tratos" a los secuestrados.
Así como ellos, también responderán por el caso de secuestro Milton Toncel "Joaquín Gómez", Pastor Alape, Julián Gallo conocido como "Carlos Antonio Lozada" y Rodrigo Granda, quienes a juicio de la Sala tuvieron una responsabilidad menor en la toma de esas decisiones.
Sobre Juan Hermilo Cabrera "Bertulfo Álvarez", quien falleció este miércoles, la JEP indicó que conocía de esas decisiones adoptadas, y menciona una de las versiones voluntarias de ese excombatiente de las Farc, en donde manifestó que el secuestro del excanciller Fernando Araújo fue con fines económicos y luego lo volvieron un "canjeable".
En el caso de la exministra de cultura Consuelo Araújo revela que la interceptaron espontáneamente en un retén. No hubo trabajo de inteligencia detrás. Sobre la muerte de la exministra indicó que se intensificaron los operativos militares por lo que no sabe las causas exactas de por qué se produjo su deceso.
Como conclusión, la JEP valoró el reconocimiento de esos crímenes que los excomandantes a su juicio han hecho en las diferentes versiones voluntarias, pero solicita que algunos de ellos reconozcan plenamente su responsabilidad porque hasta el momento considera ha sido parcial.
Por petición de las víctimas la Sala en su decisión también cambió el nombre del caso que se llamaba "retenciones ilegales" a "toma de rehenes", aunque varios de los afectados como el excanciller Fernando Araújo han pedido que, al ser secuestros, se les llame secuestros.