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Se amplió plazo para que responsables se pongan al día y puedan operar peajes electrónicos

MinTransporte ampliará un año más el tiempo para que responsables de peajes puedan obtener la certificación como Operadores del Sistema de Interoperabilidad de Peajes electrónicos.

Se amplió plazo para que responsables se pongan al día y pueda operar peajes electrónicos. Foto: Colprensa

Mediante Resolución 509 del 11 de marzo de 2020, el Ministerio de Transporte prorrogó por un año más el plazo para que los responsables de peajes en todos el país, puedan obtener la certificación como Operadores del Sistema de Interoperabilidad de Peajes con Recaudo Electrónico Vehicular (IP/REV), cuya fecha límite vence este jueves, de acuerdo con la Resolución 883 de 2019.

Ante el escenario, la viceministra de Infraestructura, Olga Lucía Ramírez, dijo que “la decisión se adopta teniendo en cuenta las inquietudes y observaciones que desde la expedición de la resolución 546 de 2018 los potenciales responsables de los peajes y los posibles intermediarios encargados del recaudo a través del TAG manifestaron, especialmente sobre las condiciones que la reglamentación adoptó para regular las relaciones entre ellos, por lo que el Ministerio de Transporte abrió diferentes espacios de discusión para fortalecer el entorno regulatorio del sistema en procura que sea sostenible en el tiempo”.

Durante dicho plazo el Ministerio de Transporte adelantó los procesos necesarios para la celebración de un convenio de cooperación técnica con la Corporación Andina de Fomento (CAF), para financiar una consultoría que potencialmente haga recomendaciones y ajustes a la norma y de solución a lo plateado en las mesas de trabajo.

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Entre los planteamientos se encuentra la necesidad de definir un mecanismo idóneo de compensación entre los Actores Estratégicos del Sistema. Actualmente la norma establece que el operador y el intermediador deben negociar cual será el porcentaje a pagar, en un rango entre el 1% y el 2,5%. La consultoría definirá si a la luz de las normas de competencia, está justificado que el Estado regule la relación entre los Actores, y en caso de estarlo, poder definir si el mecanismo actual es idóneo o si debe ser diferente de cara a que el mercado funcione correctamente, y se propicie la libre competencia.

Adicionalmente, se buscan identificar los riesgos de contraparte entre operadores e intermediadores, en relación con el pago del recaudo y la comisión, y recomendar mecanismos para su mitigación o manejo; así como proporcionar una base objetiva para que concedentes y concesionarios puedan discutir los impactos de la norma en los contratos de concesión, buscando que esa discusión contractual no termine por convertirse en un elemento de litigiosidad o de incumplimiento de la norma, y por ende que afecte el servicio. 

Por otra parte, debido a que la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público publicó en diciembre del año pasado, el documento técnico y el proyecto de decreto que incorporan la propuesta normativa para actualizar la regulación de los sistemas de pago de bajo valor (“Spbv”) en Colombia, que aunque ya concluyó la etapa para recibir comentarios, puede ser consultado en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

En virtud de lo anterior se hizo necesario adelantar la revisión de las condiciones en que el sistema IP/REV se incorporará en el marco regulatorio general de sistemas de pago de bajo valor, de tal forma que se establezca la conveniencia o no de hacer ajustes tanto a la norma que regula los “SPVB” como a la Resolución 546 de 2018. El proceso cuenta con el apoyo de una consultoría de cooperación internacional que propondrá ajustes tendientes a lograr la articulación del sistema IP/REV con la normatividad financiera vigente.

De igual forma, desde el MinTransporte se informó que varios responsables de peajes e interesados en ser Intermediadores, han venido adelantando responsablemente el proceso de certificación, para lo cual el cartera de transporte se encuentra realizando la verificación del cumplimiento de requisitos de quienes ya radicaron la solicitud , lo que igualmente se hará frente a quienes lo hagan en adelante.

La ampliación del plazo permitirá tener el tiempo suficiente para que se concluyan las tareas de revisión, y que en caso de ser necesarios ajustes a la norma, ellos puedan ser asimilados por aquellos responsables de peajes que no hayan dado cumplimiento a la norma, y quienes se encuentren en operación.