¿Qué se puede considerar acoso laboral en el teletrabajo?
Tenga en cuenta cuáles son sus derechos durante el teletrabajo.
El teletrabajo se convirtió se ha convertido en una alternativa para las empresas debido a la difícil situación que ha traído consigo la pandemia del COVID-19, los empleados se han enfrentado a nuevos retos totalmente distintos al trabajo en oficina.
Por ello, usted debe saber con qué derechos cuenta durante su jornada de trabajo, por ejemplo, el hecho de estar desde casa no significa que no tenga horario para almorzar o convocar a una reunión fuera del horario laboral no está permitido.
La ley 1010 de 2006 establece el acoso laboral “como toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo”.
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Sin embargo, este tipo de acoso no necesariamente puede ser de manera física ya que existen vías donde puede existir algún abuso hacia el empleador como el correo electrónico, llamadas, videollamadas o apps de mensajería, por lo tanto, se puede interpretar como abuso laboral en el teletrabajo:
- Obligar a la persona a contestar mensajes o llamadas en horas fuera del horario laboral.
- Obligar a encender la cámara sin un propósito o fin específico.
- Convocar una reunión fuera del horario laboral.
- Exigir al empleado disponibilidad en horarios diferentes a los contratados sin justa razón.
- No entregar herramientas como una silla, escritorio o acceso a internet.
Si usted siente que está sufriendo alguno de estos casos puede acudir al comité de convivencia laboral de su empresa, la defensoría del pueblo y en caso extremo a una inspección de policía.
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