Pruebas que detectan COVID-19 no pueden ser exigidas en procesos de contratación
La cartera de Trabajo resalta que una persona no puede ser despedida por dar positivo en una prueba de este tipo.
El Ministerio de Trabajo expidió una circular en donde afirma que ningún empleador puede exigir pruebas de COVID-19 en medio un proceso de contratación o vinculación.
El hacerlo, según advierte la cartera, puede ser utilizado como una forma de discriminación o violación de los derechos humanos. En este sentido, ningún trabajador puede ser despedido de su cargo por ser positivo para coronavirus.
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“No puede considerarse una prueba o examen médico un requisito para contratar o mantener un empleo”, señaló el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.
La cartera de Trabajo añadió que las empresas pueden enviar a sus trabajadores a realizarse estas pruebas como una manera de prevenir nuevos contagios. El costo de estos exámenes, según el Gobierno Nacional, debe ser asumido por el empleador.
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Finalmente, el Ministerio de Trabajo aclaró que, si un puesto de trabajo por sus condiciones exige que el trabajador se haga esta prueba, también el costo de la misma debe ser asumido por la empresa.