Actualidad

Ministerio de Transporte se pronuncia frente a la decisión de Uber de salir del país

El Mintransporte aseguró que apoya las iniciativas como la presentada por Uber, pero bajo las condiciones técnicas y jurídicas establecidas por la normatividad colombiana.

Ministerio de Transporte se pronuncia frente a la decisión de Uber de salir del país. Foto: Getty Images

Ministerio de Transporte se pronuncia frente a la decisión de Uber de salir del país. Foto: Getty Images(Thot)

A través de un comunicado, el Ministerio de Transporte se pronunció respecto de la decisión de UBER de salir del país, en el mismo, la cartera expuso nuevamente que en Colombia está prohibido prestar el servicio público de transporte en un vehículo privado y que la utilización de plataformas tecnológicas para la prestación de dicho servicio deben cumplir con una normatividad establecida en la ley colombiana y que a su vez obliga a que estas sean avaladas por el mismo Ministerio de Transporte.

Además, dio a entender que desde el Gobierno se apoyan estas iniciativas siempre y cuando cumplan con la ley; finalizando con que se deben realizar reformas en el Congreso de la República para prever estos fenómenos nuevos de economía colaborativa, que permita nivelar las reglas del juego para todos los actores determinando nuevas condiciones de habilitación.

A continuación, los puntos del pronunciamiento del MinTransporte sobre la decisión de Uber:

· COLOMBIA es un país que promueve la innovación y la inversión extranjera bajo las perspectivas de cumplimiento de la normatividad vigente, la legalidad y el cumplimiento de la Ley.

· En COLOMBIA existe neutralidad de la red establecido por la Ley 1450 de 2011.

· Para prestar un servicio de transporte de pasajeros existe una normatividad que exige procesos de habilitación soportados en las Leyes 105 de 1993 y 336 de 1996.

· Estas leyes exigen que el Estado habilite tanto a las empresas como los vehículos para que puedan prestar el servicio público de transporte, añadiendo que Está prohibido prestar el servicio público de transporte en un vehículo privado.

· La utilización de plataformas tecnológicas para la prestación del servicio de transporte en la modalidad Individual de pasajeros en vehículos taxi están reguladas por Gobierno nacional en el Decreto 1079 de 2015 y por el Ministerio de Transporte, de modo tal que el empleo de las mismas por parte de las empresas habilitadas para la prestación del servicio, requiere previa habilitación por parte del Ministerio. En la actualidad hay alrededor de 24 plataformas habilitadas para el efecto.

· En el sector transporte velamos por la prestación del servicio en condiciones de seguridad, calidad y legalidad. De ninguna manera estamos en contra del desarrollo tecnológico, apoyamos las iniciativas de esta índole, pero debe protegerse la vida de los usuarios y la prestación del servicio público de transporte bajo las condiciones técnicas y jurídicas establecidas por la normatividad colombiana.

 · Se deben realizar reformas en el Congreso de la República para prever estos fenómenos nuevos de economía colaborativa, que permita nivelar las reglas del juego para todos los actores determinando nuevas condiciones de habilitación.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad