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Las consecuencias para los padres que incumplan con sus cuotas alimentarias

Los morosos no podrán contratar con el Estado hasta que se pongan al día con sus obligaciones.

Quienes estén inscritos en la base de datos tampoco podrán ser nombrados ni posesionados en cargos públicos, ni de elección popular, hasta que se pongan al día con las cuotas. Foto: Getty/ Fotografía de stock.

El presidente Iván Duque firmó la ley que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, en el que entrarán a hacer parte las personas en mora a partir de tres cuotas alimentarias.

La norma establece varias consecuencias para quienes estén inscritos en dicho registro. Por ejemplo, solo podrán contratar con el Estado cuando se pongan a paz y salvo con sus obligaciones económicas.

“El haber avanzado en hacer público el registro de quienes han violado los compromisos de alimentos también es importante para poner en el escarnio público a quien no quiere cumplir su responsabilidad con sus hijos”, dijo el presidente Iván Duque.

Quienes estén inscritos en la base de datos tampoco podrán ser nombrados ni posesionados en cargos públicos, ni de elección popular, hasta que se pongan al día con las cuotas.

Y si el deudor es servidor público, al momento de su inscripción, estará sujeto a la suspensión del ejercicio de sus funciones.

El registro podrá expedir gratuitamente los certificados que soliciten las personas  naturales o jurídicas, públicas o privadas, y deberá contener los nombres y apellidos completos del deudor alimentario moroso, su último domicilio actual o conocido, la identificación del documento donde conste la obligación alimentaria, la cantidad de cuotas en mora parcial o total, el monto de la obligación pendiente, entre otros datos.