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La JEP le cerró la puerta al hijo de Enilce López "La Gata"

Jorge Luis Alfonso López, conocido como "El Gatico", fue rechazado porque a juicio del tribunal no cumplió con requisitos mínimos de verdad y reparación.

Jorge Luis Alfonso López, condenado a 29 años de prisión por el asesinato del periodista Rafael Prins. Foto: Colprensa

La Jurisdicción Especial de Paz rechazó en primera instancia el sometimiento que presentó en 2018 el exalcalde de Magangué (Bolívar), Jorge Luis Alfonso López, condenado a 29 años de prisión por el asesinato del periodista Rafael Prins, así como otros procesos por concierto para delinquir, entre otros delitos.

De acuerdo con los magistrados, López es investigado como supuesto jefe de los paramilitares en esa zona de Bolívar, más no como un colaborador político, por tanto, no puede ser aceptado. Además, añadieron que aunque en un principio Jorge López aceptó su pertenencia a las AUC luego dijo que su condena por haber ordenado el homicidio del comunicador Prins obedeció a un montaje.   

"...en relación con algunos hechos ha incurrido en imprecisiones y contradicciones graves, mientras que respecto de otros no ha realizado manifestación alguna. Esta situación, se reitera, resulta injustificable, resta credibilidad a sus afirmaciones y constituye una clara infracción al deber de aportar verdad plena", señaló la JEP.

El tribunal adicionalmente criticó que aunque el postulado rindió versión voluntaria en agosto del año pasado y entregó información parcial luego en septiembre cuando fue llamado de nuevo afirmó que no podía colaborar más por amenazas a su tía Rosa López, intimidaciones que la familia no permitió verificar por el Tribunal de Paz.

“Siendo así, resulta imposible para esta Jurisdicción determinar la veracidad y gravedad de las amenazas recibidas por ella y adoptar medidas de protección en su favor“, indica la decisión del tribunal. 

Incluso, López manifestó que la JEP debía pronunciarse sobre su solicitud con la información que alcanzó a entregar, lo cual fue rechazado por el tribunal debido a su insuficiencia.

La jurisdicción también criticó que López ofreció para reparar a las víctimas bienes bajo extinción de dominio sobre los que no puede disponer su uso.

La decisión favorece la posición de las víctimas y la Procuraduría, quienes solicitaban la no aceptación del postulado.