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Jesús Santrich necesita permiso de la JEP para salir y posesionarse: Minjusticia

Para ser investido, deberá asistir al Congreso el 20 de julio o durante los ocho días siguientes. De lo contrario, sería reportado de inmediato al Consejo de Estado.

“Jesús Santrich” fue pedido en extradición en los Estados Unidos por una Corte de Estados Unidos. Foto: Getty Images

Para que Seuxis Paucias Hernández Solarte, mejor conocido como Jesús Santrich, pueda posesionarse como representante a la Cámara, deberá hacerlo ante el Congreso de forma presencial.

Sin embargo, dicho permiso no podrá ser autorizado ni por el Ministerio de Justicia ni por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), según lo confirmó el ministro Enrique Gil Botero. El jefe de cartera precisó que ese permiso lo asignaría la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

La encrucijada jurídica surgió debido a que “Santrich” fue pedido en extradición en los Estados Unidos por una Corte de ese país, por su presunta participación en actividades relacionadas con el tráfico de cocaína. Al tiempo, el ex líder guerrillero de las Farc es uno de los diez integrantes de la extinta guerrilla que fueron designados para posesionarse como congresistas.

Su defensa, por su parte, trabaja en la estrategia legal a la que recurrirá para que su cliente pueda posesionarse en su curul. Particularmente, alega que en el artículo 20 del acto legislativo 01 de 2017 –que definió la participación política de los excombatientes–, señala que “la imposición de cualquier sanción de la JEP (Jurisdicción Especial para la Paz) no inhabilitará para la participación política ni limitará el ejercicio de ningún derecho, activo o pasivo, de participación política”.