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¿Gobierno hizo 'copy-paste' en el Plan de Austeridad que acaba de presentar?

El Decreto 371 de 2021 ordena abstenerse de celebrar contratos de propaganda personalizada que promocionen gestión del Gobierno y viajes aéreos solo en clase económica.

Antes de que se haga la radicación del proyecto de la nueva reforma tributaria, el Ministerio de Hacienda expidió el Plan de Austeridad. Foto: Getty Images

Antes de que se haga la radicación del proyecto de la nueva reforma tributaria, el Ministerio de Hacienda expidió el Plan de Austeridad. Foto: Getty Images(Thot)

  • Por: Kamila Correa y María C. Suárez

Antes de que se haga la radicación del proyecto de la nueva reforma tributaria, el Ministerio de Hacienda y el Departamento Administrativo de la Presidencia expidieron el Plan de Austeridad al que, a partir de ahora, se someterán todas las entidades que reciben parte del Presupuesto General de la Nación. Sin embargo, llama la atención no solo que no se incluyen datos cuantificables de ahorro, y cuánto por cada una de las entidades, sino que el Plan presentado es muy similar al del año pasado

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Por ejemplo, el Decreto 1009 (del año pasado y disponible aquí) también habla del suministro de tiquetes. Señala que todos los viajes aéreos nacionales e internacionales de funcionarios de todas las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, deberán hacerse en clase económica, salvo los debidamente justificados ante el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, siempre y cuando el viaje tenga una duración de más de ocho (8) horas.

También que no se reconocerán gastos de traslado, cuando el funcionario haga parte de la comitiva que acompañe al Presidente de la República o la Vicepresidente de la República y se transporte en el avión presidencial o en el medio de transporte que se designe para transportar al Presidente de la República o Vicepresidenta de la República. 

Lo anterior, incluido también en este nuevo Plan, bajo el Decreto 371 de 2021. Y es que el único cambio parece ser la priorización de lo virtual. Veamos: 

Ordena en publicidad abstenerse de celebrar contratos de propaganda personalizada que promocionen la gestión del Gobierno. Aquí hacen referencia a asuntos más micro que macro, citan como ejemplo: agendas, almanaques, libretas, pocillos, vasos, esferos y revistas. Y reiteran que el gasto de publicidad debe enmarcarse en el uso adecuado y eficiente de los recursos públicos.

En cuanto a los viajes aéreos nacionales e internacionales deberán hacerse en clase económica o en una tarifa que no supere ese costo, salvo los debidamente justificados o siempre y cuando el vuelo tenga una duración de más de ocho horas. Acá se enfatiza en que cuando el funcionario haga parte de la comitiva que acompañe al presidente o a la vicepresidenta, y se transporte en el avión presidencial o en otro medio, no se hará el pago de gastos de transporte.

Los gastos de viaje se autorizarán solo si no están cubiertos por la entidad que organiza el evento. Y en los casos de las delegaciones oficiales, las entidades deberán asignar una comisión de servicios a los servidores públicos cuya participación sea estrictamente necesaria.

En materia de seguridad, la Unidad Nacional de Protección y la Dirección de Protección de la Policía Nacional deberán, en lo posible, revisar los esquemas de seguridad de los servidores públicos del Ejecutivo y, procurar, reducir su conformación. Y las entidades solo podrán adquirir vehículos automotores cuando el que ya tengan presente una obsolescencia mayor a seis años contados a partir de la matrícula del vehículo y cuando se demuestre su conveniencia.

Resaltan que estos vehículos oficiales solo se usarán entre semana y que su uso los fines de semana y festivos debe tener una justificación.

La prioridad en eventos debe ser la virtualidad y aquellos que impliquen desplazamiento de los servidores públicos deben ser mínimos y justificados. Y cuando sea  presenciales, se debe dar prioridad al uso de espacios institucionales y racionalizar la entrega de refrigerios y almuerzos. Queda prohibida la realización de recepciones, fiestas o conmemoraciones de entidades con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación.

¿Y qué pasará con la nómina de las entidades? Solo se celebrarán los contratos que sean estrictamente necesarios para el cumplimiento de las funciones y fines de la entidad, y cuando las actividades no puedan realizarse con el personal de planta. Las vacaciones no deben ser acumuladas ni interrumpidas y las horas extras solo se harán si hay necesidad.

El Ministerio de Hacienda ordena contratar planes corporativos de telefonía móvil o conmutada que generen ahorros a las entidades quienes, además, deberán abstenerse de adquirir regalos corporativos o recuerdos, así como de otorgar condecoraciones que generen erogación.

Para el seguimiento y cumplimiento de estas medidas, se debe enviar un reporte semestral al Departamento Administrativo de la Presidencia, y los datos, según el decreto, serán de conocimiento público y estarán en la plataforma www.datos.gov.co.

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