Gobierno da instrucciones a alcaldes y gobernadores para el manejo del orden público
El decreto se expide después de que el Gobierno estableciera, mediante otro decreto, que el manejo del orden público, relacionado con la pandemia.
A través del decreto 420 de 2020, el Gobierno le ordenó a los alcaldes y gobernadores del país prohibir el consumo de alcohol en espacios abiertos y establecimientos de comercio desde el jueves 19 de marzo a las 6:00 pm hasta el 30 de mayo a las 6:00 am y prohibir las reuniones y aglomeraciones de más de 50 personas desde las 6:00 pm del jueves 19 de marzo hasta el 30 de mayo.
El decreto también plantea la posibilidad de que los mandatarios locales decreten toques de queda para niños, niñas y adolescentes hasta el 20 de abril.
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El Gobierno estableció excepciones obligatorias a los decretos de toques de queda o simulacros de aislamiento como impedir el servicio de transporte de pasajeros por carretera, carga y modalidad especial; establecer restricciones de tránsito en las vías del orden nacional y el cierre de establecimientos y locales de minoristas de alimentación, de productos de primera necesidad, de productos farmacéuticos y médicos, entre otros.
El decreto se expide después de que el Gobierno estableciera, mediante otro decreto, que el manejo del orden público, relacionado con la pandemia.