Estos son los cargos sujetos a excepciones de la jornada laboral máxima
La jornada ordinaria de trabajo dura 42 horas semanales, que deben ser distribuidas en cinco o seis días.
Según lo contemplado en la Ley 2101 de 2021, la jornada máxima de trabajo en un mismo día y en una misma semana para una persona pasará de 48 a 42 horas semanales de forma progresiva.
De esta manera, el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo contempla que las horas de la jornada ordinaria de trabajo máxima que deben ser distribuidas entre cinco o seis días según lo disponga la empresa o empleador. Sin embargo, en caso de que el empleado se exceda en esas 42 horas semanales, estas entran a calificarse y pagarse como tiempo suplementario pese a que no pueden ser más de dos horas diarias.
Lo anterior quiere decir que la jornada laboral máxima de trabajo consta de un máximo de 10 horas diarias y 60 horas semanales, contando las extras. Es ilegal que exceda este plazo de tiempo, como lo contempla el artículo 22 de la Ley 50 de 1990.
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Así mismo, las excepciones a la jornada laboral máxima que establece el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo son tres: para el trabajo por turnos, cuando existe descanso los sábados y para menores de edad.
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¿QUÉ PERSONAS ESTÁN EXCLUIDAS DE LA JORNADA MÁXIMA DE TRABAJO?
Los casos en los que no se aplica la jornada máxima legal son establecidos en el artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo:
- Quienes desempeñan cargos de dirección, de confianza o de manejo
- Quienes desempeñan servicios domésticos
- Quienes desempeñan labores discontinuas o intermitentes
- Quienes desempeñan labores de simple vigilancia (si residen en el lugar o sitio de trabajo)