Envíos procedentes de San Andrés no pagarán impuestos si son menos de 10 de artículos
El Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 1549 de 2020.
Desde este momento los envíos que lleguen al territorio aduanero nacional por la red oficial de correos y procedentes de San Andrés, Providencia y Santa Catalina en cantidades no comerciales, no pagarán impuestos aduaneros.
La medida también incluye envíos urgentes que lleguen por intermediarios de tráfico postal y envíos urgentes inscritos ante la DIAN. Y son cantidades no comerciales las mercancías para uso o consumo de una persona, no superiores a 10 unidades de la misma clase.
Para ello, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 1549 de 2020, y para su aplicación el remitente de las mercancías deberá informar en el documento de transporte, o en la factura o documento equivalente, que se acoge al respectivo tratamiento.
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Los comerciantes que, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, estén obligados a facturar electrónicamente deberán acompañar al envío una versión impresa de la factura electrónica.