¿El COVID-19 es considerado como una enfermedad laboral en Colombia?
El tercer pico de la pandemia de COVID-19, que comenzó hace un mes en Colombia, dejó 6.563 fallecimientos reportados hasta el pasado 17 de abril.
Tras completarse un año de pandemia por el COVID-19, muchos empleados del país aún siguen trabajando desde sus casas, especialmente ante las disposiciones dictadas por las alcaldías de diferentes ciudades del país en los últimos días en medio del tercer pico de contagios.
Sin embargo, una pregunta que ha abordado a muchos ciudadanos desde el inicio de la pandemia es sobre las implicaciones laborales de contraer coronavirus mientras se adelantan tareas para la empresa.
Según contempla la legislación colombiana, el COVID-19 sí es considerado como una enfermedad laboral, pero solo bajo la ejecución de ciertas actividades. Según el artículo 13 del Decreto 538 de 2020, fueron eliminados los requisitos establecidos en la Ley 1262 de 2012 con el fin de considerar al COVID-19 como enfermedad directa para los trabajadores del sector salud.
Esta categoría incluye al personal administrativo, de aseo, vigilancia y apoyo, quienes se encargan de prestar servicios en el marco de actividades de prevención, diagnóstico y atención de esta enfermedad en particular. Posteriormente, el Decreto 676 de 2020 entró a modificar el Decreto 1477 de 2014 para incluir al COVID-19 en la tabla de enfermedades laborales para este sector.
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Es preciso recordar que el tercer pico de la pandemia de COVID-19, que comenzó hace un mes en Colombia, dejó 6.563 fallecimientos reportados hasta el pasado 17 de abril. Esta cifra revela que, desde el 17 de marzo hasta el 17 de abril, cada día murieron en promedio 205 personas.