Desacuerdo entre petroleros y Procuraduría sobre implementación del fracking en Colombia
Los petroleros dicen que no hay sustento técnico por parte del Ministerio Público para pedir la nulidad de las medidas que permiten esta práctica.
Desacuerdo entre petroleros y Procuraduría sobre implementación del fracking en Colombia
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Petroleros cuestionan pronunciamiento de la Procuraduría sobre fracking. Foto: Getty Images / GRANDRIVER
En entrevista con W Radio, el presidente la Asociación Colombiana del Petróleo, José Francisco Lloreda, se pronunció sobre la petición que hizo la Procuraduría General de la Nación al Consejo de Estado, de que declaren como nulos el Decreto 3004 de 2013 y la Resolución 90341 de 2014, los cuales fijaron los criterios y procedimientos para la explotación y exploración de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, incluyendo el fracking, esto debido a que el Ministerio Público consideró que lo establecido tanto en el decreto como en la resolución no tiene compatibilidad con los principios de precaución y desarrollo sostenible que están inscritos en la Constitución.
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Ante el escenario el dirigente del gremio petrolero, dijo “la Procuraduría ha rendido un concepto, un concepto que no es vinculante para el Consejo de Estado, donde va más allá de lo que debería estar diciendo porque uno lo que esperaría es que ellos se pronuncien sobre la legalidad de los actos administrativos, si cumplieron o no con los procedimientos de ley al momento de ser expedidos y la Procuraduría inclusive va más allá y se pronuncia sobre posibles impactos, que es lo que a nosotros nos sorprende un poco, primero, que la Procuraduría allá ido más allá de lo que le corresponde; segundo, además que lo haga de una manera totalmente sesgada”.
Según los petroleros el concepto emitido por el Ministerio Público es sesgado debido a que el Consejo de Estado pidió un dictamen pericial a la Universidad Nacional de Colombia donde no se pusieron de acuerdo, asegurando que hay dos dictámenes, uno a favor y otro en contra de la implementación de los no convencionales en el país, sin embargo según la ACP, la Procuraduría al momento de dar su opinión solamente adquirió el informe que va en contra de la técnica, asegurando que al revisar con detenimiento la información de dicha opinión no se encuentra ningún sustento científico en la misma.
En cuanto a los proyectos piloto de fracking que en Colombia se quieren desarrollar y para los cuales ya hay empresas habilitadas por parte de la Agencia Nacional de Hidrocarburos para que presenten sus propuestas, el gremio petrolero consideró que estos serán la verdadera posibilidad que tendrán los colombianos para poder conocer a ciencia cierta los impactos y beneficios que traerá al país la implementación de los no convencionales.
Por su parte, Andrés Mutis Vanegas, Procurador Quinto Delegado ante el Consejo de Estado, respondió que el ente de control no tiene como tal un equipo científico y que lo que se entregó fue una opinión jurídica en torno a lo que considera debe ser el fallo sobre el proceso que se desarrolla frente a la implementación del fracking en el país y así lo que se hizo fue evaluar las pruebas que encontró disponibles frente al tema.
Seguido a esto, Vanegas, agregó que “existen varios estudios por ejemplo de la Contraloría, el último de ellos del año 2018, la Contraloría a diferencia de la Procuraduría si tiene dentro de su función constitucional la misión de velar por el tema ambiental, considerando los costos ambientales de las distintas actividades que enfrenta el Estado, las autoridades en general, ese es el punto número uno; segundo, hay un estudio de una comisión de expertos conformado por el Gobierno que presentó su informe en el año 2019 y que plantea unas conclusiones que ni van a favor o en contra del fracking, plantea en blanco y negro todas las preocupaciones que el asunto genera para que las autoridades competentes tomen las decisiones correspondientes”.
De esta manera la Procuraduría expuso que su conclusión es que el Decreto 3004 de 2013 y la Resolución 90341 de 2014, van en contravía de lo dispuesto en los artículos 79 y 80 de la Constitución, y al artículo primero de la Ley 99 de 1993, en donde se incorporaron los principios de precaución y de desarrollo sostenible en el manejo de las decisiones que puedan impactar el medio ambiente, así lo dijo Andrés Mutis Vanegas, Procurador Quinto Delegado ante el Consejo de Estado quien finalmente señaló “hay razón en el argumento de que se viola ese principio de precaución y de allí el pronunciamiento que se hizo”.