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Defensa de Alex Vernot responde a la Cancillería

La oficina de Derechos Humanos de Naciones Unidas emitió un concepto en el que señala que su detención, por el caso Hyundai, fue arbitraria.

La oficina de Derechos Humanos de Naciones Unidas emitió un concepto en el que señala que la detención del abogado Alex Vernot, por el caso Hyundai, fue arbitraria. Foto: Colprensa

Tras la información de la Cancillería de Colombia sobre una investigación interna por la supuesta demora en la llegada de la respuesta de Colombia a la ONU en el caso de Alex Vernot, el abogado Ignacio Álvarez se pronunció a través de un comunicado.

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Cabe recordar que el pasado 6 de septiembre, W Radio reveló en primicia que la oficina de Derechos Humanos de Naciones Unidas emitió un concepto en el que señala que la detención del abogado Alex Vernot, por el caso Hyundai, fue arbitraria.

Según este pronunciamiento, el entonces fiscal general de la Nación (2018), Néstor Humberto Martínez, estaba impedido para intervenir en ese caso. Además, señalan que él mismo había realizado esa solicitud.

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De esta manera, la oficina aseguró que la actuación de Vernot fue irregular y pidió al Estado colombiano que, como medida para “remediar” esta situación, lo más pertinente es ordenar la libertad inmediata de Vernot.

El pronunciamiento del abogado Álvarez dice así:

1) La ONU sí analizó cuidadosamente la actuación de la Fiscalía y de los Juzgados, y concluyó que “la actuación de la Fiscalía General de la Nación no fue objetiva ni imparcial en la investigación y acusación del Sr. Vernot”, en virtud de lo cual estableció que Colombia debe “poner al señor Alexandre Vernot inmediatamente en libertad”.

2) Respecto a  lo señalado por la Cancillería en cuanto a que las decisiones de  organismo de la ONU serían “recomendaciones y no obligaciones para los Estados”, ello no es así, pues  Colombia ratificó la Carta de la ONU, que conjuntamente con la Declaración Universal de Derechos Humanos, con la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados y con otros tratados internacionales sobre derechos humanos, fundamenta la obligación internacional de Colombia de respetar los derechos humanos y de cumplir de buena fe con las decisiones del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU.

3) En el mismo sentido, la propia Corte Constitucional de Colombia ha dejado muy claro que “la obligación de respeto, garantía y protección de los derechos humanos se encuentra consagrada en diversos instrumentos y tratados internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad” (Sentencia C-579 de 2013), y que “tanto la jurisprudencia de las Cortes Internacionales de Derechos Humanos, como las recomendaciones de los organismos internacionales que tienen funciones de monitoreo, seguimiento o control respecto del cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, también tienen fuerza vinculante al momento de interpretar el alcance de los derechos fundamentales” (Sentencia C-08 de 2016).

4) El recurso de reconsideración que el Gobierno ha señalado interpondrá contra tal decisión no suspende su obligación de liberar de inmediato al señor Vernot. Además, tal recurso es completamente improcedente en este caso, toda vez que conforme al artículo IV.D.21.c de las regulaciones del mencionado organismo de la ONU, dicho recurso no procede cuando el Gobierno haya omitido responder la denuncia internacional dentro del plazo establecido para ello”. Le adjunto tales regulaciones.

5) Colombia se ha caracterizado por ser un Estado que asume con debida seriedad y compromiso su obligación internacional de cumplir con las decisiones de los organismos internacionales de derechos humanos. Hago un respetuoso llamado a las autoridades colombianas a hacer honor, en esta ocasión, a esa importante tradición política y jurídica.

Cabe recordar que el Gobierno respondió al dictamen del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de las Naciones Unidas en el que concluyó que la detención del ciudadano colombo-francés Alexandre Vernot, por el escándalo de Hyundai, fue “arbitraria”.