Declaran nula la curul de la representante Ángela María Robledo
El abogado Fabián Cano, uno de los demandantes habló sobre el asunto y dijo que este sería un proceso de única estancia.
La sección quinta del Consejo de Estado por 3 votos a favor y uno en contra, declaro la nulidad de la Resolución 1595 de 19 de julio de 3018 expedida por el Consejo Nacional Electoral mediante la cual declaró que la Angela María Robledo, tiene el derecho personal a ocupar una curul en la Cámara de Representantes durante el periodo constitucional 2018-2022.
La demanda contra la excandidata vicepresidencial y representante a la Cámara para el período 2018 – 2022 se debe a una supuesta doble militancia en su transición para ser fórmula de la campaña presidencial de Gustavo Petro.
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La demanda señala que el parecer Robledo pasó al partido Colombia Humana para hacer fórmula presidencial sin antes cumplir con los plazos que exige la ley para dejar el partido anterior, en este caso Alianza.
Para los demandantes, Robledo incurrió en una violación al régimen de inhabilidades que establece la ley 1475 de 2011 y que fija que una persona que haya sido elegida para un cargo de elección popular por un partido o movimiento político debe renunciar un año antes de las elecciones si dese aspirar o contar con el apoyo de otra colectividad.
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