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Así serán los protocolos para vuelos nacionales en Colombia

La apertura de los aeropuertos se realizará de manera gradual, según lo decida cada alcalde.

No se realizará el servicio a bordo ni distribución de cobijas, almohadas o audífonos, así como también se deshabilitarán los servicios de entretenimiento. Foto: Getty Images

No se realizará el servicio a bordo ni distribución de cobijas, almohadas o audífonos, así como también se deshabilitarán los servicios de entretenimiento. Foto: Getty Images(Thot)

Este 6 de julio, el Ministerio de Salud presentó oficialmente los protocolos para la reapertura de los vuelos nacionales en Colombia.

Según los lineamientos de la Resolución 1054 de 2020, se prohíbe el estacionamiento prolongado de vehículos a las afueras de los aeropuertos y los pasajeros deben ingresar dos horas antes del vuelo, sin acompañantes y con el check-in diligenciado previamente. Tanto a funcionarios como a viajeros se les tomará la temperatura y se les dispondrá alcohol glicerinado al 60%.

Una vez el pasajero ingrese dentro del terminal aéreo, deberá cumplir el distanciamiento físico de dos metros entre personas que tendrá que ejecutar el personal del aeropuerto. En cuanto a las inspecciones policiales o de las aerolíneas, los operadores deberán utilizar mecanismos de protección adicional como caretas acrílicas o monogafas. Una vez se realice la inspección manual al equipaje, el guarda de seguridad deberá cambiarse los guantes antes de realizarla.

A los viajeros se les permitirá el transporte de geles y líquidos antibacteriales en el equipaje de mano, en una cantidad máxima de 355 mililitros por persona.

No habrá contacto físico con el pasabordo, ya que se validará visualmente o acercándolo a la maquina lectora por parte del pasajero.

No se realizará el servicio a bordo ni distribución de cobijas, almohadas o audífonos, así como también se deshabilitarán los servicios de entretenimiento.

Las aerolíneas deben exigir el uso correcto y obligatorio de tapabocas tanto en los pasajeros como en sus colaboradores: “Se retirarán todos los elementos publicitarios dispuestos en las sillas de los pasajeros, tales como revistas. Sin embargo, se deben mantener las tarjetas de seguridad, las cuales deben ser desinfectadas o cambiadas periódicamente”, establece el decreto.

En caso que el pasajero llegue a presentar síntomas que coincidan con los del COVID-19 durante los 14 días posteriores al vuelo, debe informar a su EPS o la secretaría de salud de su municipio o departamento.

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