Así será el simulacro de aislamiento en Bogotá durante el fin de semana
La W conoció el borrador de decreto que contiene las medidas para prevenir la propagación del virus.
Así será el simulacro de aislamiento en Bogotá durante el fin de semana
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El presidente Iván Duque anunció nuevas medidas para contener el contagio del coronavirus en el país. Foto: Colprensa
El pasado 7 de marzo, la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, anunció que este puente -21, 22 y 23 de marzo-, se desarrollará un simulacro de aislamiento obligatorio. "Habrá restricciones en la movilidad desde el viernes hasta el lunes festivo", indicó.
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En consecuencia, durante el puente festivo no habrá ciclovía y habrá restricción para vehículos particulares y motos.
La W conoció el borrador de decreto de esta medida que procura que toda persona, natural o jurídica, apoye con acciones humanitarias "a las situaciones de desastre y peligro para la vida o la salud de las personas".
Además, indica que alcaldes y gobernadores de todo el territorio nacional tienen a su disposición las competencias necesarias para "conservar la seguridad, la tranquilidad y la salubridad en el ámbito de s su jurisdicción".
De esta manera, el decreto ordena limitar la libre circulación de las personas en Bogotá, pues solo podrán circular por las vías de uso público los días viernes 20, sábado 21, domingo 22 y lunes 23 de marzo para la realización de las siguientes actividades:
- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad por parte de un miembro por cada núcleo familiar.
- Asistencia prioritaria o de urgencias a centros, servicios y establecimientos de salud.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a cajeros automáticos de entidades financieras.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.
En cuanto a los vehículos particulares, se permite su circulación siempre y cuando su circulación esté vinculada a las actividades arriba mencionadas, o "para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio".
Respecto a los vehículos de servicio público individual, que se encuentren debidamente identificados, la disposición aclara que podrán movilizar personas desde y hacia los terminales, aéreo y terrestre.
Por otra parte, el decreto especifica que los adolescentes que se encuentren sin la compañía de sus padres o tutores durante el simulacro serán conducidos a las Comisarías de Familia de la Secretaría Distrital de Integración Social para que procedan con la verificación de derechos y el respectivo proceso sancionatorio.
Además, el decreto fija la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas en establecimientos de comercio desde el jueves 19 de marzo a las 11:00 p.m. hasta el lunes 23 de marzo.