Así es cómo usted puede aplicar al reembolso del saldo a favor en sus impuestos
José Andrés Romero, director de la entidad, explicó que esta medida será para empresas y personas naturales.
En medio de la emergencia sanitaria que se vive en el país por la cuarentena decretada para prevenir el contagio de COVID-19, el Gobierno expidió el decreto 535 de 2020 para establecer un “procedimiento abreviado” que permita ejecutar la devolución automática de saldos a favor en impuestos.
De este modo, a partir de la fecha en la que se solicite la devolución del saldo a favor o del IVA ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), el dinero será girado en máximo 15 días. Cabe señalar que esta medida también aplica para personas naturales que declaren renta o en casos de IVA.
En diálogo con La W, José Andrés Romero, director de la Dian, se refirió a este trámite que se podrá realizar a través de canales virtuales, con el fin de ofrecer un alivio tributario ante la crisis en la que se ha visto envuelta la economía local por cuenta de la pandemia.
“Tenemos un perfilamiento de riesgo que hemos venido perfeccionando. Vamos a hacer una comunicación al área de fiscalización para hacer el control respectivo una vez pase la crisis. Tenemos formularios electrónicos y todo el procedimiento va a ser virtual, incluyendo la interacción con el funcionario de la Dian”, explicó Romero a este medio.
Además, Romero agregó que la Dian ha adoptado la política de invitar a la solidaridad de las empresas que tienen caja a ponerse al día en sus obligaciones tributarias, con el fin de dar apoyo a las que se han visto afectadas en su economía por la emergencia sanitaria.
Es importante señalar que las personas que tengan una calificación de alto riesgo en materia tributaria no podrán acceder a este beneficio.
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