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23 años después, dos hombres piden despenalizar el aborto ante la Corte Constitucional

Las demandas se suman a la discusión abierta por la abogada Natalia Bernal, quien hace una petición contraria.

A la Corte Constitucional llegaron dos demandas lideradas por hombres que piden se despenalice el aborto en Colombia. Foto: Getty Images / SEPTEMBER15

A la Corte Constitucional llegaron dos demandas lideradas por hombres que piden se despenalice el aborto en Colombia. Foto: Getty Images / SEPTEMBER15(Thot)

A la Corte Constitucional llegaron dos demandas lideradas por hombres que piden se despenalice el aborto en Colombia. Esto, a través de una solicitud de inconstitucionalidad contra el artículo 122 del Código Penal, que convierte en delito la interrupción voluntaria del embarazo.

La última vez que se supo de dicha solicitud liderada por un hombre fue en 1997 y la primera vez fue en 1993. Las dos demandas llegaron de dos abogados, uno de Santander de Quilichao en el Cauca, y la segunda fue presentada por un abogado de Guasca, Cundinamarca.

Para los demandantes, el artículo 122 de la Ley 599 de 2000 desconoce los derechos reproductivos y los convierte en un deber, permitiendo al Estado tener injerencia en el libre ejercicio de estos. Agregan que el desconocimiento de los derechos reproductivos priva a las personas de la facultad de adoptar decisiones libres e informadas sobre la posibilidad de procrear o no, y cuándo y con qué frecuencia hacerlo.

Agrega el documento: "En consecuencia, (se) genera un conflicto con los derechos sexuales, pues de esta forma una persona no puede ejercer su sexualidad con independencia al derecho de reproducción".

Las demandas se suman a la discusión abierta por la abogada Natalia Bernal, que, en una petición contraria, pide tumbar del Código Penal las tres causales en las que en Colombia no se criminaliza el aborto. Así, la Corte Constitucional deberá volver a estudiar la prohibición total del aborto en Colombia y tomar una decisión.

Precisan que la penalización del aborto, implica que el Estado con esta medida, vulnere el derecho a la salud e interfiera de forma injustificada en el goce de este derecho.

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Pese a que en marzo de este año el alto tribunal ya había negado estas dos demandas, nuevamente recibirá conceptos para definir si mantiene o tumba que la interrupción del embarazo se dé cuando este sea producto de una violación, exista grave malformación del feto o peligre la vida de la madre

Para la abogada, la Corte debe pronunciarse de fondo sobre el asunto, ya que en su concepto no hay cosa juzgada. Además, aseguró que los magistrados no estudiaron correctamente sus demandas ni evaluaron todas las pruebas entregadas.

Sin embargo, a inicio de año, para la mayoría de los magistrados, Bernal no presentó argumentos suficientes, no cumplió con los requisitos de certeza y señalaron que sus argumentos fueron "genéricos y vagos".

Por el momento, la Corte Constitucional deberá reabrir este debate en el que ya negó un recurso de súplica, con el que Bernal pedía que se admitiera una nueva demanda contra los artículos del Código Civil sobre los derechos de los no nacidos.

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