Fallo judicial ratifica al ‘Morro’ de Santa Marta como bien de uso público
Además, evita al Estado el pago de 121.000 millones de pesos.
En Morro de la Bahía de Santa Marta . Concejo Distrital
Santa Marta
A través de un comunicado se conoció que el Tribunal Administrativo del Magdalena negó demanda de reparación directa interpuesta contra la Rama Judicial por los herederos de Gustavo Díaz Segovia, un particular que había recibido en adjudicación el ‘Morro Gaira’ en la Bahía de Santa Marta mediante resoluciones del INCORA que posteriormente fueron anuladas.
Se conoció que los demandantes reclamaban indemnización por la supuesta afectación derivada de la decisión judicial que declaró el bien como de uso público. Con el fallo, el Estado colombiano evitó el pago de una indemnización superior a los 121.000 millones de pesos y reafirmó que el ‘Morro Gaira’, ubicado en la Bahía de Santa Marta, es un bien de uso público, inalienable e imprescriptible.
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La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado intervino en el proceso argumentando que la decisión proferida por la Sección Tercera del Consejo de Estado, que declaró la nulidad de las resoluciones del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA-, se ajustaba a la normativa vigente. La Agencia expuso que el “Morro Gaira” no podía ser objeto de apropiación privada debido a su condición de bien de uso público.
El Tribunal Administrativo del Magdalena concluyó que no existió error jurisdiccional ni responsabilidad por parte de la Rama Judicial, confirmando la legalidad de la decisión adoptada por el Consejo de Estado en 2016.