ANDI pide a la Corte Constitucional ‘tumbar’ el decreto de conmoción interior en el Catatumbo
Para la Asociación de Empresarios, a pesar de la exposición de razones que hizo el ejecutivo para justificar tales medidas, hubo falta de argumentación sobre la necesidad de dichas acciones extraordinarias.

Andi. (Colprensa - Álvaro Tavera)
La Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI) en su intervención ante la Corte Constitucional, le solicitó al alto tribunal que declare inexequible el decreto “madre” que determinó el estado de conmoción interior en la región del Catatumbo, por la crisis de orden público.
De acuerdo con el documento radicado por la agremiación, en el decreto no se expuso un debido juicio de necesidad sobre por qué se requería acudir a tales medidas extraordinarias para conjurar la guerra sin cuartel que se está viviendo en la zona y tampoco se justificó por qué las medidas ordinarias eran insuficientes.
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“Aunque es extensa la parte motiva del Decreto 0062 de 2025, en lo que respecta con la insuficiencia de las atribuciones ordinarias de las autoridades de policía para conjurar la grave perturbación del orden público, lo que contiene son afirmaciones, cuando no contradictorias, sin el fundamento propio de un decreto por medio del cual se declara un estado de conmoción interior”, señala la intervención.
Asimismo, se criticó que durante todo el decreto se arriba por parte del Gobierno a “conclusiones” sobre la situación de violencia sin adelantar un análisis completo que incluya por ejemplo las medidas ordinarias que se han utilizado y han resultado insuficientes.
“Es más, en las medidas que anuncia el Decreto 0062 de 2025, no aparece una que tenga relación directa e inmediata con ese fortalecimiento del control del espacio aéreo, de las capacidades de los servicios de inteligencia y policía judicial de la fuerza pública, y del funcionamiento de la rama judicial”, se lee en el documento.
Añadió también la ANDI que en materia de recursos requeridos tampoco hay claridad frente a los rubros y cómo se irían a utilizar.
“Lo que hay es otra afirmación general sobre la insuficiencia de los medios económicos disponibles para la inversión adicional requerida para hacer frente al estado de conmoción interior. No hay un estimativo, así sea somero, de los recursos adicionales requeridos”, concluyeron.
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