Tendencias

¿Cuánto deben pagarle si trabaja en algún festivo de 2025?

La normativa laboral contempla un recargo para quienes trabajen en fechas nacionalmente consideradas como festividades.

Calendario de 2025 y billetes colombianos (imágenes de stock de Getty Images)

Calendario de 2025 y billetes colombianos (imágenes de stock de Getty Images)

El 2024 fue un año bisiesto, por lo que febrero tuvo veintinueve días y el año, en total, 366. Durante todo ese tiempo Colombia tuvo, en total, dieciocho días festivos, y en 2025, aunque habrá un día menos (365), la cantidad de feriados será exactamente la misma.

La lista de días festivos ha sido extensa en el país desde el siglo pasado, cuando en 1905 la entonces Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa publicó la Ley 37 el 27 de abril. Allí se dispone que es “obligatorio el precepto de la guarda de los días de fiesta establecidos por la Iglesia”.

Puede leer:

Incluso cuando en 1991 la Constitución impuso la libertad religiosa en la sociedad y la laicidad en el Estado, la Corte Constitucional declaró exequible en 1993 la antigua normativa, que se complementó a su vez en 1983 con la Ley 51, también llamada Ley Emiliani.

Su nombre se debe a que la iniciativa fue promovida por el entonces senador Raimundo Emiliani Román. Luego de su aprobación, la ley colombiana asevera que “todos los trabajadores, tanto del sector público como del sector privado, tienen derecho al descanso remunerado en los días de fiesta”.

La Ley 51, como lo promete desde su título, trasladó el descanso de buena parte de los festivos, como los del 6 de enero, 19 de marzo, 29 de junio, 15 de agosto, 12 de octubre, primero y 11 de noviembre, la Ascensión del Señor, el Corpus Christi y el Sagrado Corazón, hacia los lunes si su fecha no correspondía al lunes.

No todos los meses cuentan con días festivos. Colombia no contempla ninguna festividad que deba conmemorarse en febrero o en septiembre. Aun así, son dos meses clave para el comercio, que espera el internacional Día de San Valentín —14 de febrero, que será un viernes— y el nacional Día del Amor y la Amistad.

¿Cuánto deben pagar las empresas por trabajar un festivo?

De acuerdo con el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo, estos son algunos aspectos para considerar al momento de calcular el monto que le corresponde al trabajo dominical y en días festivos, que se entiende como el realizado en los días de descanso:

  • El trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del 75% sobre el valor del día en un salario ordinario, en proporción a las horas laboradas.
  • Si el domingo coincide con otro día de descanso remunerado, como ocurre el 8 de diciembre de 2024, un domingo, la persona tiene derecho solo a un recargo.
  • Los turnos consecutivos acordados entre empleadores y empleados, que no excedan las seis horas al día y las 36 a la semana, en empresas que requieran continuidad de todos los días no tendrán recargo.

Entonces, por ejemplo, si una persona laborará las horas reglamentarias —que desde el 15 de julio serán 44 semanales y entre cuatro y nueve continuas diarias— de un día festivo del 2025, como el primero de mayo, el 7 de agosto o el 8 de diciembre, debe tener en cuenta primero el valor de un día trabajado.

Si su salario mensual es de $2′000.000, un día de trabajo cuesta unos $66.666, puesto que debe dividirse el valor del sueldo entre treinta días, la cantidad que legalmente corresponde a un mes de trabajo. Así, el 75% de ese día es de $50.000 que deben sumarse al monto equivalente a un día cualquiera.

Así, un día de San José, un Corpus Christi o un día de la Independencia de Colombia para una persona que gana dos millones de pesos, si debe trabajar, debe cobrarse por unos $116.666.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad